Un Juzgado de Plasencia condena a una empresa a pagar 10.000 ? a dos trabajadoras inmigrantes por horas extraordinarias

El Juzgado de lo Social número 3 de Plasencia (Cáceres) ha condenado a una empresa del sector de la hostelería a abonar un total de 9.953 euros a dos trabajadoras inmigrantes en concepto de "horas extraordinarias", ya que realizaban una jornada laboral de unas 12 horas diarias.

El Juzgado de lo Social número 3 de Plasencia (Cáceres) ha condenado a una empresa del sector de la hostelería a abonar un total de 9.953 euros a dos trabajadoras inmigrantes en concepto de "horas extraordinarias", ya que realizaban una jornada laboral de unas 12 horas diarias.

El sindicato UGT se ha felicitado por esta sentencia, que han ganado sus servicios jurídicos de la Comarca de Campo Arañuelo, en favor de estas dos trabajadoras que estaban en "situación irregular", ya que habían sido "víctimas de una aplicación indebida de su convenio colectivo en el sector de la hostelería".

Según explica UGT en nota de prensa, en este caso había " el indicios suficientes" para concluir que las trabajadoras realizaban habitualmente una jornada de 12 horas diarias, lo que sumaban unas 72 horas semanales, con lo que realizaban una "jornada de trabajo superior a la establecida en el convenio colectivo aplicable", que era de 40 horas semanales.

Además del "exceso" de horas realizadas en la jornada laboral, estas dos mujeres denunciaron la prestación de servicios de las trabajadoras en la empresa demandada con anterioridad al alta en la Seguridad Social.

Así, el sindicato ha explicado que a una de ellas se le estima como "hecho probado" que la relación laboral comenzó en diciembre de 2008, pero no fue dada de alta por la empresa hasta septiembre de 2010, mientras que a la otra demandante se le estima probada una relación laboral con la empresa desde diciembre de 2009 y no fue dada de alta hasta octubre de 2010.

Se ha tenido en cuenta además la "no aportación por parte de la empresa de documentación alguna en la que se reflejen las horas de trabajo extraordinarias realizadas por cada una de las trabajadoras", señala el sindicato en nota de prensa.

Con estos antecedentes, el fallo del Juzgado de lo Social Número 3 de Plasencia les reconoce haber trabajado en la empresa demandada 939 horas y 576 horas respectivamente y ha condenado a la empresa demandada al abono de 6.129,23 euros y 3.824,64 euros respectivamente a las trabajadoras en concepto de horas extraordinarias.

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