Condenan al Sergas a abonar 72.000 euros a una viguesa por generarle daños neurológicos al tratarle una bajada de sodio

La familia de la paciente considera que la sentencia "no repara íntegramente el daño causado"

El Juzgado Contencioso Número 1 de Santiago de Compostela ha condenado al Sergas a indemnizar con 72.000 euros a una vecina de Vigo de 52 años "por una actuación no acorde con la lex artis al generarle graves daños neurológicos en la corrección rápida de una hiponatremia —bajada de sodio—".

Así lo ha informado la Asociación del Defensor del Paciente, que ha explicado que los hechos ocurrieron entre enero y febrero del año 2005 en el Hospital Meixoeiro de Vigo "y las secuelas a día de hoy permanecen", ha precisado.

"Lo especial del caso", según señala el abogado de la Asociación del Defensor del Paciente, Cipriano Castreje, "es que la paciente ingresó sin secuela alguna prácticamente sana y con un diagnóstico de pancreatitis idiopática que cedió sola, a partir del intento de corrección de unas náuseas".

Ha explicado que "casi cada uno de los medicamentos que le pautaron le generaron efectos adversos, tal y como consta en la historia clínica de la paciente", lo que, precisa, "originó la necesidad de mantenerse hospitalizada, ya no por la pancreatitis sino por las reacciones adversas, desarrollando a las cuatro días del ingreso un cuadro de bajada del nivel de sodio que, según las periciales obrantes en las actuaciones, fue corregida en su subida en dosis inadecuadas y por lo tanto demasiado rápido".

A ello siguió un "deterioro neurológico con pérdida brusca de sensibilidad en brazo izquierdo", señala la Asociación El Defensor del Paciente, que ha indicado que la mujer fue ingresada en el Servicio de Neurología y "allí se alcanza el diagnóstico definitivo de 'Mielinólisis Extrapontina' secundaria a hiponatremia, ya que el ritmo de corrección de la subida de sodio fue demasiado rápido".

"La jueza concluye que la afectación neurológica fue provocada por un rápido incremento de sodio producido al combatir la hiponatremia que sufría", destaca la asociación que añade que el informe del Servicio de Digestivo "señala que el daño neurológico se debió muy probablemente a un síndrome de desmielinización osmótica (mielinólisis extrapontina) provocada por la corrección rápida de la hiponatremia severa que presentó la paciente durante el ingreso". LESIONES

En el fallo, que no es firme y puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, recoge la jueza que estas lesiones que se produjeron a la paciente "son de naturaleza iatrogénica", según matiza la asociación, "ya que se producen en el curso de la aplicación de un tratamiento hospitalario para combatir la hiponatremia, lo que no se hizo correctamente y por lo tanto existe infracción de la lex artis".

Sin embargo, la sentencia, a pesar del daño acreditado, "puesto que a la paciente le quedó una discapacidad global muy alta —superior al 60%—, además con disartria, ataxia, alteraciones de la concentración y memoria y trastorno depresivo", condena al Sergas a abonar una indemnización de 72.000 euros, suma que "la familia entiende no repara íntegramente el daño causado", subraya la asociación.

La asociación recuerda que el Consello Consultivo de Galicia había recomendado en dictamen de 6 de abril del año 2010 que se indemnizase a la paciente en una suma no inferior a 230.000 euros.

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