La Audiencia ordena devolver a la Junta las actas de los Consejos custodiadas en sede judicial

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado un auto en el que estima los recursos presentados por la Junta de Andalucía y la Fiscalía y acuerda dejar sin efecto la medida adoptada por la juez de Instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, en cuanto a que las actas de los Consejos de Gobierno de la Junta celebrados desde 2001 hasta la actualidad sean custodiadas en sede judicial hasta que se resuelva el conflicto de jurisdicción planteado, todo ello dentro de la investigación por la supuesta "trama" de prejubilaciones fraudulentas descubierta en numerosos expedientes de regulación de empleo (ERE) incentivados por la Junta mediante una fórmula también sujeta a estas indagaciones.

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado un auto en el que estima los recursos presentados por la Junta de Andalucía y la Fiscalía y acuerda dejar sin efecto la medida adoptada por la juez de Instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, en cuanto a que las actas de los Consejos de Gobierno de la Junta celebrados desde 2001 hasta la actualidad sean custodiadas en sede judicial hasta que se resuelva el conflicto de jurisdicción planteado, todo ello dentro de la investigación por la supuesta "trama" de prejubilaciones fraudulentas descubierta en numerosos expedientes de regulación de empleo (ERE) incentivados por la Junta mediante una fórmula también sujeta a estas indagaciones.

Y es que la juez Alaya reclama al Ejecutivo andaluz las actas relativas a las sesiones celebradas por el Consejo de Gobierno durante los últimos diez años, sobre todo a cuenta de las advertencias impulsadas desde la Intervención General de Hacienda de la Junta sobre el mencionado acuerdo con el IFA y las ayudas que estaban siendo libradas gracias a dicho convenio. Dada la negativa del Gobierno andaluz a entregarle dichos documentos a cuenta de su carácter reservado, las actas se encuentran actualmente custodiadas en un armario acorazado en los juzgados sevillanos, una medida que la Audiencia Provincial deja sin efecto al entender que no concurren en el caso las condiciones exigidas por la Ley Orgánica 2/1987.

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Seguirá ampliación)))

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