La Audiencia ratifica el procesamiento del exalcalde de Gerena y de la nueva alcaldesa

El arquitecto del Ayuntamiento había informado de que una licencia era "contraria" a las normas urbanísticas

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial ha confirmado la decisión del titular del juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla, Oscar Saiz, de abrir procedimiento abreviado contra el ya exalcalde de Gerena, Jacinto Pereira (PSOE), los restantes cuatro concejales socialistas miembros de la anterior Junta local de Gobierno, entre los que figura la actual alcaldesa, y el secretario del Consistorio, Juan Alfonso R.L., a cuenta de un posible delito contra la ordenación del territorio cometido en 2008.

En concreto, y a través de un auto emitido el 23 de noviembre de 2010 y recogido por Europa Press, el juez Oscar Saiz había resuelto la "incoación del procedimiento abreviado" contra el por entonces alcalde de Gerena Jacinto Pereira, el secretario del Ayuntamiento y los tenientes de alcalde Margarita Gutiérrez. —actual alcaldesa—, Juan M.B., Esther P.B. y Álvaro N.G. Todos los citados concejales socialistas eran miembros de la Junta local de Gobierno cuando, el 17 de junio de 2008, este órgano municipal concedió una licencia de "obras mayores" en favor de Agustín F.G. para "la reforma y ampliación" de la vivienda enclavada en el número uno de la calle Jilguero.

La licencia investigada

El juez consideraba en este auto que todos ellos, imputados en las correspondientes diligencias, "conocían perfectamente" que, en el plan parcial número cinco, bautizado como 'Los Zarzalejos' y donde se ubica la vivienda en cuestión, las normas subsidiarias de planeamiento urbano "sólo" admitían "usos y obras de carácter provisional, no definitivas como la pretendida", al menos "hasta que se aprobara en planeamiento en desarrollo".

El auto recuerda que la licencia cosechó el informe favorable del secretario, incluido en la incoación del procedimiento abreviado, pero rememora también que el arquitecto municipal informó "desfavorablemente" sobre la concesión de la licencia, "como en otras ocasiones anteriores en las que no se había atendido su criterio". El informe del arquitecto municipal, así, advertía según este auto de que la licencia era "contraria a las normas vigentes", un dictamen emitido "en idéntico sentido" a la posición de la Inspección del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía.

Recursos de reforma y apelación

"Los hechos narrados pueden ser calificados como constitutivos de un delito contra la ordenación del territorio", señalaba el juez en su auto de incoación de procedimiento abreviado. Pues bien, contra este auto, todos los concejales socialistas procesados promovieron un recurso de reforma finalmente desestimado por el Juzgado de Instrucción número 18, extremo que motivó que los aludidos formulasen un recurso de apelación ante la Audiencia provincial.

La Audiencia provincial, mediante un auto emitido el 29 de junio y recogido por Europa Press, desestima este recurso de apelación y ratifica el auto emitido, el 21 de febrero de 2011, por el Juzgado de Instrucción número 18 para rechzar el recurso inicial de reforma y confirmar su auto previo de apertura del procedimiento abreviado. En este último auto, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial resuelve que "las diligencias que se piden —por parte de los procesados— no van a aportar ninguna información no esté ya en la causa", toda vez que "el derecho a valerse de los medios de prueba no puede ser considerado incondicionado". La Audiencia, igualmente, sostiene que el auto de procesamiento contiene "un relato suficiente" del que se desprende "la comisión del hecho ilícito".

"las obras no podían autorizarse"

"Dicha resolución recoge que la licencia era contraria a las normas de ordenamiento", señala este último auto, que recuerda que la Inspección del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía ya había emitido un informe señalando "que las obras no podían autorizarse", pues para tal extremo habría sido necesario "la existencia previa de un plan parcial que hubiese establecido la ordenación pormenorizada". La causa, como se recordará, deviene de las actuaciones promovidas por el grupo de concejales de Independientes por Gerena (IPGE).

Mostrar comentarios

Códigos Descuento