Ayuntamiento de San Sebastián implanta nuevos procedimientos para agilizar trámites para crear actividades económicas

El Ayuntamiento de San Sebastián ha implantado desde comienzos del mes de julio los nuevos procedimientos para agilizar la tramitación de las actividades comerciales, industriales y empresariales ajustados a las determinaciones establecidas en la Ley 17/2009, del 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

El Ayuntamiento de San Sebastián ha implantado desde comienzos del mes de julio los nuevos procedimientos para agilizar la tramitación de las actividades comerciales, industriales y empresariales ajustados a las determinaciones establecidas en la Ley 17/2009, del 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Según han explicado fuentes municipales, la finalidad de esta Ley es impulsar la mejora de la regulación del sector de servicios, "reduciendo las trabas injustificadas o desproporcionadas al ejercicio de una actividad, simplificando los procedimientos y proporcionando un entorno más favorable a los agentes económicos que incentive la creación de empresas y genere ganancias en eficiencia, productividad y empleo en las actividades de servicios".

La ley se refiere únicamente a las actividades de servicios por cuenta propia que se realizan a cambio de una contraprestación económica, por lo que no afectará a las licencias de obras.

El concejal de Información y Medio Ambiente, Axier Jaka, ha explicado que la aplicación de esta ley "va a suponer una mejora para los donostiarras, ya que se agilizan los trámites para crear actividades económicas y se minimizan los procedimientos burocráticos".

Jaka ha destacado que a partir de ahora serán los ciudadanos los que controlen el procedimiento, mientras que el Ayuntamiento "se limitará a dar su visto bueno al final de todo el trámite", al tiempo que ha señalado que la aplicación de esta ley también repercutirá en el trabajo municipal, "ya que ahora se tiene que reorganizar el sistema de inspección del Consistorio".

Concretamente, la Ley 17/2009 establece como procedimiento general el régimen de comunicación previa, en virtud del cual la persona solicitante está habilitada legalmente para iniciar la actividad desde el momento en el que se registra en el Ayuntamiento la comunicación, bajo la exclusiva responsabilidad del titular de la misma y del personal técnico que ha emitido la correspondiente certificación.

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