Internamiento para una mujer por agredir al alcalde de Totalán al que culpó de quitarle sus hijos

La Audiencia de Málaga ha acordado el internamiento durante tres años en un centro psiquiátrico para una mujer por agredir al alcalde de la localidad malagueña de Totalán cuando estaba ejerciendo como enfermero en un ambulatorio, al culparle de que los servicios sociales comunitarios le hubieran quitado la custodia de sus hijos.

La Audiencia de Málaga ha acordado el internamiento durante tres años en un centro psiquiátrico para una mujer por agredir al alcalde de la localidad malagueña de Totalán cuando estaba ejerciendo como enfermero en un ambulatorio, al culparle de que los servicios sociales comunitarios le hubieran quitado la custodia de sus hijos.

La Sala considera probado que se trata de un delito de atentado y otro de quebrantamiento de medida cautelar, ya que la acusada tenía una orden de alejamiento del perjudicado, pero estima que concurre la eximente completa de anomalía psíquica, por lo que le impone el internamiento y alejamiento también durante tres años.

En la sentencia, se precisa que la mujer tenía desde junio de 2010 una orden que le prohibía comunicarse con el regidor o acercarse a menos de 50 metros del Ayuntamiento, pero, "con pleno conocimiento" de dicha medida, fue en agosto de ese año al centro de salud "sabiendo que se encontraba en él", al trabajar como enfermero.

En la resolución se señala que la mujer fue a la consulta de enfermería y "entró violentamente" cuando el hombre estaba atendiendo a una paciente, gritándole que "le había arruinado la vida, que por su culpa le habían quitado a sus hijos", momento en el que le agarró "violentamente por el cuello", por lo que tuvo que ser separada.

Los servicios sociales comunitarios tramitaron un expediente por el cual se privó a la procesada de la custodia de sus hijos, servicios sociales que se encuentran en la casa consistorial de Totalán, según explica la sentencia, en la que se apunta que la víctima no sufrió lesión alguna.

El Tribunal considera que la mujer sufre trastorno bipolar con predominio de fases maniacas y que en el momento de los hechos tenía sus capacidades anuladas, por lo que acuerda el internamiento para su tratamiento. Se estima que aunque la víctima no estaba ejerciendo como alcalde, la agresión vino motivada por esta condición.

La acusada admitió que fue a la consulta a pesar de tener una orden de alejamiento, aunque afirmó que no sabía que el perjudicado estaba allí, y apuntó que actuó en legítima defensa, ya que el hombre le había agarrado muy fuerte la mano, versión exculpatoria que "no resulta creíble" para la Sala.

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