El Ayuntamiento asegura que la sentencia sobre el puente de Santa Teresa no estima la pretensión de los vecinos

"No existe agresión ambiental"
Ayuntamiento de Valladolid
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EUROPA PRESS
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El Ayuntamiento de Valladolid ha explicado este viernes que la sentencia del Juzgado de lo Contencioso 2 sobre el puente de Santa Teresa no estima la pretensión de la Asociación Vecinal Rondilla ya que "no puede considerarse acreditado que constituya una agresión ambiental".

Así lo ha manifestado el Consistorio en una nota de prensa difundida hoy tras conocerse la sentencia del Juzgado de lo Contencioso por la cual declara nulos de pleno derecho los decretos de la Alcaldía número 11.407 y número 11.945, de fechas 4 y 28 de diciembre de 2009, en virtud de los cuales fueron aprobadas la primera y la segunda fase del proyecto de construcción del puente.

Al respecto, el Consistorio ha precisado que el proyecto cuenta con estudio de fauna afectada, estudio de impacto ambiental, estudio hidráulico, autorización de la CHD y el informe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta, además de que ha precisado que este puente no puede considerarse "una autovía o carretera de nuevo trazado que exija una DIA".

Asimismo, el Ayuntamiento de la capital ha aseverado que este puente no puede considerarse como una infraestructura de carácter territorial "ya que no excede del ámbito urbano" además de que ya está previsto como viario en el PGOU de 1996.

Por ello, la sentencia establece que no debe someterse el proyecto a evaluación de impacto ambiental.

El fundamento de la declaración de nulidad se resume en que se solicitó informe al Servicio Territorial de Medio Ambiente, cuando la sentencia señala que debería haberse solicitado a la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León.

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