El período oficial de rebajas comienza este viernes y se prolonga hasta el 31 de agosto

Las consejerías de Universidades, Empresa e Investigación, y de Sanidad y Consumo, responsables en materia de Comercio y Consumo, respectivamente, informan de que el período oficial de rebajas de verano comienza este viernes, 1 de julio, y se prolongará hasta el próximo 31 de agosto. Los establecimientos serán los encargados de determinar la duración de este período de rebajas, que podrá ir de una semana, como mínimo, a los dos meses.

Las consejerías de Universidades, Empresa e Investigación, y de Sanidad y Consumo, responsables en materia de Comercio y Consumo, respectivamente, informan de que el período oficial de rebajas de verano comienza este viernes, 1 de julio, y se prolongará hasta el próximo 31 de agosto. Los establecimientos serán los encargados de determinar la duración de este período de rebajas, que podrá ir de una semana, como mínimo, a los dos meses.

Tanto los técnicos de la Dirección General de Comercio y Artesanía, como los de la Dirección General Atención al Ciudadano, Drogodependencias y Consumo velarán para que consumidores y comerciantes se beneficien de estas rebajas estivales con las mayores garantías.

Entre ellas se encuentran que los comercios especifiquen el inicio y el final de las rebajas, que los objetos de venta hayan estado incluidos con anterioridad en el 'stock' del establecimiento y que los artículos a precio normal y a precios rebajados han de estar suficientemente separados.

Tanto los consumidores como los comerciantes cuentan con los mismos derechos y obligaciones en el período de rebajas que durante el resto del año.

Consejos en período de rebajas

Durante los períodos de rebajas, el precio rebajado como el anterior deben figurar en la etiqueta, o bien el porcentaje de rebaja, o incluso un precio único para cada tipo de artículo. En caso de segundas o sucesivas rebajas, deberán marcarse los artículos con el precio original, el de la primera rebaja y los precios de las sucesivas.

Se debe conservar el tique o factura de compra como garantía de una posible devolución o queja. Si un establecimiento admite devoluciones durante toda la temporada también debe hacerlo en época de rebajas y, de lo contrario, deberá advertirlo explícitamente. En caso de arreglo de prendas, ocurre lo mismo que en las devoluciones.

Los establecimientos que admiten el pago con tarjetas de crédito durante el resto del año están obligados a hacerlo también en época de rebajas sin recargo alguno sobre el precio, y están obligados a informar al consumidor de ello a través de su publicidad general, con exposición visible desde el exterior del establecimiento. El comerciante también esta obligado a informar al consumidor sobre las formas de pago permitidas, a través de su publicidad general y visible desde el exterior del establecimiento.

La disponibilidad y existencias de los productos objeto de rebajas deberá ser suficiente. Si las rebajas quedan limitadas al agotar existencias de los artículos, el comerciante debe informar claramente sobre el número total de unidades objeto de la actividad.

El etiquetado debe ser correcto y legible en castellano. En el caso de ropa, la etiqueta debe incluir instrucciones de lavado y planchado e informar de los materiales de confección y de los datos de la empresa fabricante.

Se prohíbe en general la existencia de cláusulas abusivas y, en particular, las de desvinculación basadas en errores tipográficos y de imprenta, según han informado fuentes del Ejecutivo regional.

Los artículos objeto de la venta en rebajas deberán haber estado incluidos con anterioridad y, durante el plazo mínimo de un mes, en la oferta habitual de ventas, en perfectas condiciones, no ser defectuosos ni fabricados expresamente para estas ventas. Asimismo, se deben rechazar los artículos que no reúnan las debidas condiciones sanitarias y de seguridad.

Adquirir únicamente los productos que se necesiten, y no adquirir artículos que no se necesitan sólo porque estén rebajados.

Comprar en establecimientos que estén adheridos a la Junta Arbitral de Consumo, pues ofrecen mayores garantías y consultar las páginas naranjas del consumidor.

Si se cree que algún comercio no ha respetado los derechos como consumidor, exigir la hoja de reclamaciones e intentar resolver el problema de forma amistosa.

Además, se pueden dirigir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor más cercana, a la Dirección General de Atención al Ciudadano, Drogodependencias y Consumo y a la Dirección General de Comercio y Artesanía de la Comunidad Autónoma o a cualquier asociación de consumidores. También esta a disposición del consumidor el teléfono: 901 501 601.

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