El recurso electoral presentado por la Agrupación Vecinal Camargo tras el recuento definitivo de votos que les dejó sin el edil adjudicado inicialmente no ha prosperado.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) considera que su recurso no puede admitirse por una cuestión formal y, por tanto, no llega a pronunciarse sobre el fondo del asunto.
La Agrupación Vecinal recurrió un acuerdo de la Junta Electoral Central contra el que no cabe recurso, cuando lo que debería haber recurrido era el acuerdo de la Junta Electoral de Zona sobre proclamación de electos.
La formación política no estaba conforme con el recuento de votos y reclamaba que se le reconociera de nuevo el concejal adjudicado en el recuento inicial, el mismo que, al retirárselo, permitió al PP conseguir la mayoría absoluta.
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