El Consejo de gobierno vasco ha aprobado este martes el Calendario oficial de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2012. Tendrán consideración de días inhábiles a efectos laborales todos los domingos del año y otros 12 días, debido a diversas festividades.
Los días no laborables serán: 6 de enero Epifanía del Señor, 5 de abril Jueves Santo, 6 de abril Viernes Santo, 9 de abril Lunes de Pascua de Resurrección, 1 de mayo Fiesta del Trabajo, 15 de agosto Asunción de la Virgen, 12 de octubre Fiesta Nacional de España, 25 de octubre Día del País Vasco, 1 de noviembre Todos los Santos, 6 de diciembre Día de la Constitución Española, 8 de diciembre Inmaculada Concepción, y 25 de diciembre Natividad del Señor.
Además, el próximo año serán inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días con carácter de fiestas locales, que se establecerán por las y los delegados territoriales del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, a propuesta del Pleno de los Ayuntamientos respectivos, pudiendo ser comunes o no en los diversos términos municipales de cada Territorio Histórico.
Por su parte, los Ayuntamientos deberán formular sus propuestas y remitirlas a la respectiva Delegación Territorial que por ubicación les corresponda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOPV del presente calendario.
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