Goñi (PP) convocará en un plazo máximo de 10 días el pleno para la elección del Presidente del Principado

Se proclamará candidatos a aquéllos que, 24 horas antes de la celebración de la sesión, hayan sido propuestos por cinco diputados
Diputados En El Hemiciclo En El Pleno Constitutivo
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EUROPA PRESS
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El nuevo presidente de la Junta General del Principado, el 'popular' Fernando Goñi, tiene un plazo máximo de 10 días, tras la sesión constitutiva de la Mesa de la Cámara celebrada ayer miércoles 15 de junio, para marcar la fecha del pleno de elección del Presidente del Principado.

Según el Reglamento de la Junta consultado por Europa Press, "dentro de los diez días siguientes al término de la sesión constitutiva del Parlamento, y en los demás casos en los que según la Ley del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias hubiera de procederse a la elección del presidente, el presidente de la Cámara convocará al Pleno para la elección del presidente del Principado".

Así, según el articulado del Reglamento, se proclamará candidatos a aquéllos que, con una antelación de veinticuatro horas a la celebración de la sesión, hubieran sido propuestos como tales ante la Mesa por, al menos, cinco miembros de la Cámara.

La sesión comenzará con la lectura de los candidatos propuestos. A continuación, éstos expondrán, sin limitación de tiempo, las líneas generales del programa del Gobierno que pretendan formar. Una vez finalizadas las intervenciones se suspenderá la sesión durante 24 horas, reanudándose con la intervención de un representante por cada uno de los Grupos Parlamentarios, por 45 minutos como máximo, cada uno.

Los candidatos propuestos podrán contestar a los representantes de los Grupos durante un tiempo máximo de 30 minutos cada uno y los representantes de los Grupos tendrán derecho a una réplica de diez minutos. De igual tiempo dispondrán los candidatos. A continuación se suspenderá la sesión fijándose por la Presidencia la hora en que haya de reanudarse para proceder a la votación.

Así, reanudada la sesión se procederá a la votación, de la que resultará elegido Presidente, y aprobado su programa de gobierno, el candidato que hubiera obtenido el voto de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara.

Si ninguno de los candidatos obtuviese dicha mayoría, se celebrará nueva votación 48 horas después, siendo candidatos los dos más votados en la anterior. De este segunda vuelta, resultará elegido el que de ellos obtenga mayor número de votos.

La votación para la elección del presidente se realizará de forma pública y por llamamiento. Los diputados responderán con el nombre de uno de los candidatos o con la fórmula 'me abstengo', ya que en el procedimiento de elección no se puede votar en contra.

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