El TSJCM no admite los recursos de CSD, que impugnó las elecciones en Caudete y Nerpio (Albacete)

La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha declarado la inadmisibilidad de los recursos contenciosos-electorales presentados por Centro Democrático y Social (CDS) en Nerpio y Caudete, municipios de la provincia de Albacete, donde esta formación impugnó los resultados electorales porque la Junta Electoral Provincial no les permitió presentarse a los comicios.

La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha declarado la inadmisibilidad de los recursos contenciosos-electorales presentados por Centro Democrático y Social (CDS) en Nerpio y Caudete, municipios de la provincia de Albacete, donde esta formación impugnó los resultados electorales porque la Junta Electoral Provincial no les permitió presentarse a los comicios.

Y es que el Centro Democrático y Social de Caudete y Nerpio impugnaron las elecciones municipales de 2011 en sendos municipios después de agotar todos los recursos previos ante los tribunales para defender su derecho a presentar sus candidaturas.

El TSJCM, en sus fundamentos de derecho para no admitir esos recursos, asegura que para tener legitimación en el proceso contencioso-electoral es preciso ostentar la condición de candidato.

Pero, prosigue, en ambos casos, los recurrentes —Francisco Martínez Sandoval en el caso de Caudete y Ricardo Artiga Bernal en el de Nerpio— no tienen la condición previa de candidato, dado que se les denegó por la Administración Electoral, decisión que confirmó la vía judicial.

Por ello, el tribunal no admite los recursos. El auto, al que ha tenido acceso Europa Press, señala que contra esta decisión no cabe recurso jurisdiccional alguno, sin perjuicio de que pueda activarse, en su caso, el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

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