La Junta no computará como renuncia a una VPO si el adjudicatario no obtiene la hipoteca o se queda en paro

Presenta a sindicatos y ayuntamientos el reglamento que regulará los registros de demandantes, que inicia el período de audiencia

El proyecto de reglamento de los registros municipales de demandantes de vivienda protegida elaborado por la Junta de Andalucía no computará como renuncia si el adjudicatario ha de rechazar la VPO por no obtener el préstamo hipotecario o por sufrir una situación de desempleo sobrevenido, según han indicado a Europa Press fuentes de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.

Estas fuentes han destacado que otra de las novedades incluidas en el reglamento es la concesión de mayor libertad a los ayuntamientos para regular en sus bases los sistemas de selección, de forma que se admiten otras fórmulas diferentes a la baremación, sorteo o antigüedad, siempre que se respeten los criterios de igualdad, publicidad y concurrencia.

Los agentes económicos y sociales así como las administraciones locales andaluzas han podido conocer esta semana las principales novedades recogidas en el proyecto de decreto que desarrolla el reglamento de los registros municipales de demandantes de vivienda protegida.

Según han indicado a Europa Press fuentes de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, el secretario general de Vivienda, Alfonso Rodríguez Gómez de Celis, acompañado de la directora general de Vivienda, Victoria Fernández, se han reunido con representantes de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), los sindicatos mayoritarios CCOO y UGT y la Asociación de Promotores Públicos de Andalucía (AVS) para explicarles el contenido del proyecto de decreto que, además de aprobar el reglamento de los registros, conllevará la modificación del reglamento ya existente de vivienda protegida.

La Consejería de Obras Públicas y Vivienda ha estado trabajando en el último año en la redacción del reglamento de los registros en cumplimiento de la Ley del Derecho a la Vivienda, aprobada en el Parlamento andaluz en febrero de 2010. La norma establece que la regulación de estas bases de datos será objeto de desarrollo reglamentario.

El objetivo del reglamento es "regular los registros para la cuantificación y cualificación de la demanda, mediante la fijación de criterios generales para la selección de los adjudicatarios de VPO".

Esta información será fundamental para la elaboración de los planes municipales de vivienda y suelo por parte de los ayuntamientos. En su redacción se ha recogido la experiencia acumulada desde la aprobación de la orden que regula la selección de las personas adjudicatarias de VPO a través de los registros, teniéndose en cuenta tanto las sugerencias formuladas por los propios ayuntamientos y los promotores de viviendas protegidas como por el propio Defensor del Pueblo Andaluz.

Rechazar la vpo por no tener hipoteca

La Consejería de Obras Públicas y Vivienda ha redactado el reglamento tomando en consideración la actual coyuntura económica o las nuevas modalidades familiares. De esta forma, según las fuentes, "no se computará como renuncia si el adjudicatario ha de rechazar la VPO por no obtener el préstamo hipotecario o por sufrir una situación de desempleo sobrevenido". De igual modo, se permitirá a ambos padres, en el caso de custodia compartida, inscribir al menor en sus correspondientes solicitudes de VPO.

Otra de las novedades incluidas es la concesión de mayor libertad a los ayuntamientos para regular en sus bases los sistemas de selección, de forma que se admiten otras fórmulas diferentes a la baremación, sorteo o antigüedad, siempre que se respeten los criterios de igualdad, publicidad y concurrencia.

El proyecto de decreto ha iniciado esta misma semana el trámite de audiencia, que se prolongará durante un mes con el fin de que los agentes económicos y sociales, ayuntamientos y ciudadanos pueden hacer observaciones y propuestas al contenido. Una vez finalizado dicho plazo, la Consejería de Obras Públicas y Vivienda analizará las aportaciones e incorporará las consideradas estimadas. El siguiente trámite que deberá cumplir el proyecto de decreto será someterse a los informes preceptivos correspondientes para luego ser evaluado por el Consejo Consultivo. Culminado todo el proceso, será el Consejo de Gobierno el encargado de aprobar el decreto del reglamento.

Balance de registros

La Junta ha destacado que en torno al 75 por ciento de la población andaluza —más de seis millones— reside en los 265 municipios donde ya están abiertos los registros municipales, por lo que los interesados pueden inscribirse en estas bases de datos. En algunas de estas localidades, que se corresponden con los de mayor concentración de población, ya se están realizando adjudicaciones mediante esta herramienta.

El registro municipal de demandantes está contemplado en la Ley del Derecho a la Vivienda como clave para conocer las necesidades de inmuebles protegidos en cada municipio de la comunidad y ajustar consecuentemente la oferta.

Hasta el momento, la Consejería de Obras Públicas y Vivienda ha valorado favorablemente las bases para crear los registros presentados por 674 ayuntamientos de la comunidad, mientras que las ordenanzas propuestas por otros 55 deberán corregir diversas anomalías, relativas en su mayoría a los criterios de selección, antes de recibir el informe positivo de la Junta. Actualmente, han presentado dichas ordenanzas 729 ayuntamientos andaluces, lo que supone más del 94 por ciento de los municipios de Andalucía.

Los registros municipales de demandantes de vivienda protegida, que constituyen una herramienta viva, no sólo incluyen cuántos ciudadanos tienen derecho a una vivienda en cada localidad, sino que también caracterizarán la demanda en función de las necesidades familiares, esto es, el régimen al que opta el interesado (en venta o en alquiler), tipología de vivienda (si es adaptada o no), superficie y distribución del inmueble.

Asimismo, permitirán que los ciudadanos soliciten una VPO hasta en tres municipios distintos, consignando cuál es su localidad de preferencia. En estas bases de datos podrán inscribirse todas las personas que demanden una VPO o un alojamiento protegido y que cumplan los requisitos legales para acceder a uno. Con esta información contrastada y sistematizada se elaborarán los planes municipales de vivienda de una forma mucho más ajustada a las necesidades.

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