Condenan a una multa de 1.800 euros a la doctora de Arriondas imputada por la muerte de una embarazada

El Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo ha condenado a María Teresa G.C., la doctora del Hospital de Arriondas acusada de homicidio y aborto imprudente por la muerte de una mujer de 40 años embarazada de siete semanas, a la pena de dos meses de multa con cuota diaria de treinta euros como autora de una falta de imprudencia con resultado de muerte.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo ha condenado a María Teresa G.C., la doctora del Hospital de Arriondas acusada de homicidio y aborto imprudente por la muerte de una mujer de 40 años embarazada de siete semanas, a la pena de dos meses de multa con cuota diaria de treinta euros como autora de una falta de imprudencia con resultado de muerte.

Fuentes jurídicas informaron a Europa Press de que el fallo le impone además la mitad de las costas y le obliga a indemnizar a los hijos de la fallecida en 203.694 euros y a su pareja en 8.051 euros, con el Hospital del Oriente de Asturias y la aseguradora Mapfre Empresas como responsables subsidiarios. La sentencia absuelve a la otra doctora imputada, Maria Luz M. L., y declara de oficio las costas.

El Ministerio Público modificó su petición inicial en la vista oral celebrada el pasado 20 de octubre y mantuvo para la última doctora que atendió a la víctima una suma de dos años de cárcel por los dos delitos o, subsidiariamente, que se le considerase autora de una falta de imprudencia, con el consiguiente pago de 1.800 euros en concepto de multa.

Además, solicitó cinco años de inhabilitación profesional y una indemnización de 221.032 euros para los dos hijos de la fallecida y de 9.610 euros para su actual pareja sentimental, de la que respondería subsidiariamente el Hospital.

En su declaración, ambas doctoras negaron el error y dijeron que actuaron conforme a los síntomas de la paciente, que presentaba un dolor en el pecho que se agravaba "a la palpación" y no opresivo, que les llevó a descartar el infarto.

Los hechos

Según la calificación del fiscal, el 23 de septiembre de 2006 la mujer se dirigió al servicio de urgencias del Hospital de Arriondas aquejada de "un dolor retroesternal de una semana de duración". Tras realizarle un electrocardiograma, se le diagnosticó 'síndrome de Tietze'.

Posteriormente, y ante la persistencia de los síntomas, regresó al hospital a las 11.03 y a las dos de la madrugada con dolor "tipo pinchazo" irradiado en la espalda, pecho y hombros. En la primera de las visitas se le realizó una analítica con hemograma, se mantuvo el diagnóstico inicial y se le dio el alta. En la segunda, siempre según la Fiscalía, se le ofreció una radiografía de tórax "con protección", que fue rechazada por la paciente, por su embarazo.

Sobre las 5.00 horas de la madrugada del mismo día, la paciente, que entonces tenía 40 años, falleció "a causa de un infarto agudo de miocardio transmural septal de más de 24 horas de evolución". Era madre soltera y tenía dos hijos menores de edad.

De acuerdo a las conclusiones provisionales, "la actuación realizada por las acusadas no se ajustó al estado actual de los conocimientos técnicos y científicos, dado que la sospecha de infarto agudo de miocardio no era descartable". Así, según el Ministerio Público, "la paciente debía haber sido mantenida en observación y repetido el electrocardiograma".

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