7 años y medio de inhabilitación para Muguruza, Rodríguez López y cada edil acusado por el caso Mioño

16 meses de prisión para el empresario Juan Ignacio Díaz Muro por tráfico de influencias
Muguruza En El Juicio Caso Mioño
Muguruza En El Juicio Caso Mioño
EUROPA PRESS
Muguruza En El Juicio Caso Mioño

El Juzgado de lo Penal número 2 de Santander ha impuesto penas que suman 52 años y medio de inhabilitación por delitos de prevaricación para el alcalde de Castro Urdiales, el ex regionalista y considerado tránsfuga Fernando Muguruza; el teniente de Alcalde, el ex 'popular' José Miguel Rodríguez López 'KyK', y el resto de miembros de la Junta de Gobierno local, además del secretario, que aprobaron la adjudicación de las obras del túnel de Mioño de forma directa y sin contrato a la empresa Izeta, cuyo gerente, hermano de uno de los concejales, es condenado además a 16 meses de prisión y multa de 7.090 euros por un delito de tráfico de influencias.

En la sentencia, que se ha difundido este jueves a los representantes legales de los condenados, se les absuelve del mismo delito para las obras de eliminación de barreras arquitectónicas en el mercado municipal, ya que en este caso si hubo varias ofertas, aunque el procedimiento fuera similar. También se absuelve de las acusaciones al que fuera secretario accidental y al interventor.

La representación legal de Muguruza ya ha adelantado que estudiará el recurso contra una condena que no es firme, y que puede influir en la participación tanto de Muguruza como de Rodríguez López en las elecciones municipales de este domingo, a las que concurren bajo las siglas ACAI (Alternativa Castreña Independiente), de nueva creación. En esta formación, 'KyK' es el número 1 y Muguruza, el 2.

En concreto, los condenados son el alcalde, Fernando Muguruza; y los concejales Salvador Hierro, Jaime Díez Muro —el hermano del gerente de la empresa—, Santiago Vélez, Concepción Carranza, además del secretario municipal, Cesar Sainz, por su participación en la Junta de Gobierno local que acordó esa adjudicación.

Relación familiar

La sentencia emitida por el magistrado José Hoya Corominas, titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Santander y que ocupa 79 páginas, considera probado que, en septiembre de 2004, el empresario Juan Ignacio Díez Muro, se valió de su condición de hermano de concejal de Industria para mantener contactos "personales y directos" con Salvador Hierro, concejal de Obras, para que se adjudicara, "beneficiándose de su relación familiar", a Izeta la limpieza del túnel de Mioño.

Hierro no trasladó su oferta al Servicio de Contratación del Ayuntamiento para que abriera el expediente, del que obvió, "con pleno conocimiento", los trámites pertinentes, de forma que el 21 de octubre de 2004, la Junta de Gobierno local aprobó la propuesta de Hierro, "con pleno conocimiento de la ausencia total" de expediente, en una votación en la que el concejal de Industria no se abstuvo, de forma que votó la oferta de su hermano; y en la que el secretario municipal, no advirtió a los ediles de esta situación.

Así, Izeta obtuvo un beneficio de 3.525 euros por estos trabajos, "cuya necesidad se desconoce" y para los que alguien no identificado presentó luego una oferta de otra empresa, con NIF falso. Posteriormente, el interventor emitió reparo de ilegalidad sobre el proceso, que fue levantado por el alcalde, en diciembre de 2005.

Según asevera la sentencia, se obviaron "la totalidad" de los procedimientos, en una "burda" forma de trabajar "absolutamente contraria al ordenamiento jurídico" que no se "justifica" por el "desorden administrativo" del Ayuntamiento de Castro Urdiales, al que en el juicio aludieron en reiteradas ocasiones los acusados y diversos funcionarios. "¿

Cómo es posible?"

Hoya razona que si "todos eran conscientes del desastre administrativo" del Ayuntamiento de Castro Urdiales, como decían que era su "principal motivo de preocupación", "¿cómo es posible que partiendo de tales premisas justifican la adjudicación de una obra sin cerciorarse del cumplimiento de los requisitos mínimos?", les espeta a los acusados.

"¿Cómo es posible que ninguno hiciera la pregunta de las razones que lo aconsejaban? ¿cómo ninguno realizó la pregunta de si se había tramitado el expediente?, sigue preguntándose el magistrado, que concluye que los acusados "claramente evidencian que conoceros de la situación, aceptaron el resultado por anticipado", "asumiéndolo" como "uno más de los acumulables al desastre" que, "lamentablemente aceptaron".

El magistrado reprocha en el fallo la actitud de algunos abogados de la defensa respecto a los investigadores, cuya legitimidad fue cuestionada y Hoya Corominas defiende. Y rechaza, en cambio, la falta de conocimientos jurídicos que alegaron los acusados para su actuación, para los que responde remitiéndose a su formación y experiencia profesional.

Se admite que ha habido retrasos en el juicio (lo que supone rebajar la pena al contemplar la atenuante de dilaciones indebidas), porque, pese a la "complejidad" de la investigación, hubo retrasos en algunos trámites.

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