Condenan al empresario Enrique Tatay a un año y medio de cárcel por negociar pagarés falsos para lucrarse

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado al empresario Enrique Tatay, expresidente de la Asociación de Jóvenes Empresarios Valencianos, a la pena de un año y medio de prisión por negociar pagarés falsos para enriquecerse. El tribunal también condena a otras tres personas que colaboraron con él para llevar a cabo la estafa.
Ciudad De La Justicia
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EUROPA PRESS
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La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado al empresario Enrique Tatay, expresidente de la Asociación de Jóvenes Empresarios Valencianos, a la pena de un año y medio de prisión por negociar pagarés falsos para enriquecerse. El tribunal también condena a otras tres personas que colaboraron con él para llevar a cabo la estafa.

En concreto, la Audiencia ha condenado a Tatay a un año y medio de cárcel y a pagar una multa de 2.400 euros por un delito continuado de falsificación de documentos mercantiles y por otro continuado de estafa. También condena por los mismos delitos a otras dos personas, que tendrán que cumplir dos años de prisión y pagar la misma multa. Por último, condena a otro hombre a cumplir ocho mes de cárcel por un delito continuado de falsificación de documentos y por otro de estafa en grado de tentativa.

La Audiencia ha rebajado la pena impuesta para Tatay al aplicarle la atenuante de reparación del daño parcial, puesto que devolvió el dinero estafado a dos de los perjudicados. No obstante, el tribunal no le aplica la rebaja íntegra porque otro de los afectados no recibió lo defraudado. Asimismo, le aplica la agravante de reincidencia, puesto que ya fue condenado por un delito de estafa a la pena de seis meses de arresto mayor. En total, la pena impuesta queda en un año y medio de prisión.

Según consta como probado en la sentencia, consultada por Europa Press, Tatay y otras tres personas —una de ellas director de un banco—, elaboraron un plan para obtener un beneficio propio. Cada uno tenía asignada una tarea o finalidad. Así, dos de ellos, mediante dos entidades —una de ellas totalmente vacía de contenido desde 1973— se encargaban de la apertura de las cuentas correspondientes en una sucursal.

Tras ello, otro acusado —el director del banco— afianzaba pagarés para su descuento posterior y plasmaba su conformidad mediante la aportación de la Carta de Conformidad correspondiente. Por último, Tatay era el que recibía estos pagarés una vez librados y se encargaba de su negociación, bien mediante posteriores endosos, cesiones o ventas a terceros de buena fe. En total, entre 2001 y 2002 libraron pagarés por un importe superior a los 200 millones de pesetas.

En este punto, el tribunal no considera probado que existiera un hipotético negocio jurídico de importante montante económico por la compra de una finca propiedad de un hermano del fallecido Jesús Gil, cuya realización se aduce que no llegó a buen termino ya que "carecen de soporte documental alguno".

Asimismo, el tribunal considera probado que las mercantiles libradoras de los pagarés, entre las fechas comprendidas de 1 de abril de 2001 a 26 de noviembre de 2002, carecían de saldos suficientes e ingresos para hacer frente a los pagarés librados. A finales de octubre de 2001, el banco en el que era director uno de los acusados se percató de la existencia de estos pagarés, y le pidieron una explicación. Éste alegó haber actuado bajo intimidación y amenaza, sin embargo, fue despedido.

Acusación "avalada"

La Audiencia considera que la actuación de los cuatro condenados "no sólo está avalada documentalmente por las aperturas de cuentas bancarias en la sucursal bancaria", sino también por la expedición de los pagarés perfectamente identificados en número y cantidad. Además, tres condenados, pese a no admitir "abiertamente" la ausencia de negocio jurídico subyacente, mantienen la colaboración del director del banco, lo que es negado por éste.

En concreto, el director mantiene versiones "totalmente contradictorias e incompatibles entre sí", puesto que, por un lado, alega tanto la falsedad de la firma estampada como la carta confeccionada refrendando el pago de los mismos. Por otro, afirma que su actuación se debió a las presiones intimidatorias y amenazas de las que fue objeto por parte de los acusados directamente y con la intervención de terceros. En este momento reconoce la autoría de su firma en los pagarés y la carta pero realizado todo bajo "amenaza". Finalmente, alega en su declaración que "tenía la esperanza de que su forma anómala de actuar llamaría la atención del banco".

Pues bien, el tribunal mantiene que ninguna de las versiones mantenidas por el director del banco tiene base objetiva, puesto que su participación en la trama delictiva planteada por todos los acusados "ha sido totalmente corroborado por los otros tres acusados".

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