El fiscal dice que "no hay constancia documental" ni concreción del trabajo de Del Nido

El fiscal Anticorrupción Francisco Jiménez Villarejo ha asegurado, en el juicio del caso 'Minutas', sobre las presuntas irregularidades en los encargos del Ayuntamiento de Marbella (Málaga) al letrado José María del Nido, que "no hay constancia documental del trabajo" de éste en la fiscalización y por el que cobró y ha apuntado que su actuación, además de no estar concretada, era "innecesaria" en esta fase del proceso.
El Letrado José María Del Nido, En El Juicio Del Caso 'Minutas'
El Letrado José María Del Nido, En El Juicio Del Caso 'Minutas'
EUROPA PRESS
El Letrado José María Del Nido, En El Juicio Del Caso 'Minutas'

El fiscal Anticorrupción Francisco Jiménez Villarejo ha asegurado, en el juicio del caso 'Minutas', sobre las presuntas irregularidades en los encargos del Ayuntamiento de Marbella (Málaga) al letrado José María del Nido, que "no hay constancia documental del trabajo" de éste en la fiscalización y por el que cobró y ha apuntado que su actuación, además de no estar concretada, era "innecesaria" en esta fase del proceso.

En su tercera jornada exponiendo el informe final, el representante del ministerio público ha comenzado a repasar 18 minutas, de las que ha destacado en primer lugar "su máxima inconcreción tanto en el encargo como en el trabajo realizado", y ha apuntado que se pretende justificar su actuación "en unos faxes reenviados desde el Ayuntamiento por Julián Muñoz", alcalde accidental, también acusado en esta causa.

En este sentido, ha indicado que "no hay referencia escrita del trabajo del señor Del Nido como asesor jurídico", salvo esos faxes "que son inconcretos". Ha apuntado que esos documentos "son insuficientes para justificar un trabajo tan generosamente pagado". Ha analizado también los faxes remitidos por él al Tribunal de Cuentas "sin documentación", sobre los que ha dicho: "no justifican la facturación en concepto de fiscalización".

"La fiscalización, en distintas fases, fue ocasión paradógicamente de enriquecimiento, es decir, una actuación que va orientada a controlar y a auditar principios de legalidad, eficacia y economía de una administración pública se utiliza para enriquecimiento injusto por determinados asesores externos", ha precisado Jiménez Villarejo, quien ha recordado que miembros del Tribunal de Cuentas insisten en que "ni hubo reuniones en Madrid ni en Marbella".

Ha apuntado que se facturó por la fiscalización de sociedades "que no tenían actividad" y ha dicho que "no es competencia de un abogado el acelerar la celebración de juntas generales porque exista una fiscalización, no se trata de actualizar el estado de la sociedad como si fuera una inspección tributaria", añadiendo que, además, "no presenta documento que refleje que impulsó por escrito la realización de las actividades que dice haber realizado".

Falta de expediente de contratación y trabajo "innecesario"

La acusación pública se ha referido también a "la falta de un título habilitante", asegurando que sólo hay "un encargo verbal". Ha señalado que "no hay expediente de contratación" sino "una designación que no es tal porque no está documentada", incidiendo en cuanto a las sociedades municipales en que "se nos han presentado unos poderes para pleitos" que a su entender y el del Tribunal de Cuentas "no tienen eficacia externa".

Ha considerado que "llama profundamente la atención" que, siendo un apartado "relevante" de la fiscalización la contratación, "al asesor jurídico que se designa por parte de Jesús Gil —entonces alcalde— para velar por la mejor llevanza de esta fiscalización se le contrate prescindiendo totalmente de uno de los aspectos en los que se centra ese encargo". "Es una de las muchas contradicciones existentes", ha dicho.

Asimismo, el representante de la acusación pública ha hablado de "innecesariedad de un derecho de defensa o asistencia" en esta fase de fiscalización y también de alegaciones. En el caso de las sociedades, ha apuntado que "no hay necesidad de asesoría jurídica porque no se trata de un procedimiento que se dirija contra nadie" y ha reiterado que el trabajo "no se concreta, no se detalla y no se materializa documentalmente".

Ha repasado las formas de pago de algunas minutas emitidas y ha concluido que el interventor "no tenía margen de control efectivo de los gastos de las sociedades municipales". A este respecto, ha señalado que "no había contabilización" de las transferencias del Ayuntamiento a estas empresas, apuntando que la declaración de Julián Muñoz respecto a que el interventor ejercía este control financiero "no se ajusta a la realidad".

Asimismo, ha cuestionado pagos referentes a gastos de peajes, comidas o gasolina y ha señalado que "no sólo se confunden minutas que emite de manera incoherente, sino que pasa gastos de manera descontrolada que reflejan el caos y el desorden que hay que poner en relación con la falta de documentación del trabajo, la innecesariedad y la falta de título habilitante, lo que lleva a la conclusión de la inexistencia del mismo". También ha cuestionado algunos documentos incorporados a la causa con posterioridad que justifican los pagos.

En el trámite de alegaciones ha recordado que en el juicio se han puesto ejemplo de otros ayuntamientos fiscalizados "con minutas controladas y no emitidas de la forma incontrolada y facturación con entregas a cuentas ilimitada como es el presente caso", al tiempo que ha dicho que la diferencia es "enorme" también "en cómo se hace la contratación, en la limitación del objeto y en la forma en la que se emiten las minutas".

En esta parte del proceso, ha indicado que también era "innecesario" la participación de un asesor jurídico externo no especializado en contabilidad "porque el Ayuntamiento tenía técnicos municipales, habilitados, jefes de servicios que eran todos abogados".

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