El Supremo avala una sola sentencia para resolver los 570 recursos contra el Estado por Fórum y Afinsa

El auto recuerda que aun hay recursos por resolver por su parte contra la sentencia de la Audiencia Nacional

El Tribunal Supremo ha avalado la actuación de la Audiencia Nacional por la que se despachó con una sola sentencia los cerca de 570 recursos distintos presentados por los afectados de Fórum Filatélico y Afinsa eximiendo al Estado de su responsabilidad por no controlar a las empresas, según la sentencia dictada el pasado 28 de marzo.

El Supremo concluye que de no haberlo hecho así "la Sala hubiera quedado totalmente colapsada y la resolución de los recursos se retrasaría en el tiempo, no solo los asuntos relativos a Forum y Afinsa, sino también a las demás competencias de la sala" y que la acumulación está contemplada en el artículo 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El Alto Tribunal desestima así una querella presentada por el abogado Fernando Zorita, representante de un grupo de afectados, por presunta prevaricación contra los magistrados de la Sala Tercera -bis de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, a los que acusaban de prevaricar por dictar sentencias a sabiendas de que eran injustas, delito contemplado en el artículo 446 del Código Penal.

Estos magistrados -Isabel García García-Blanco, Diego Cordova Castroverde, Francisco Díaz Fraile, Fernando de Mateo y Jesús Cudero Blas- firmaron la primera sentencia de 5 de febrero de 2010, que eximió al Estado de su responsabilidad en la estafa y que se hizo extensiva a todos los afectados. Este dictamen fue confirmado por Tribunal Supremo en su sentencia dictada el pasado 13 de diciembre.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo concluye que los hechos denunciados "no son constitutivos los hechos de ilícito penal alguno". El abogado alegaba que los tribunales deben resolver los recursos "en función de los hechos aportados" y no "en función de una determinada política, fin o resultado a conseguir".

Los querellantes consideraban que los jueces dictaron una sentencia "totalmente improcedente", en la que ya advertían de que todos los recursos iban a ser resueltos de manera uniforme, por lo que se dictaron fallos "sin considerar los hechos fácticos y argumentos jurídicos aportados" por cada una de las partes. El Supremo dice que se tuvieron en cuenta "los datos existentes en las actuaciones administrativas" y que estos "no fueron arbitrariamente seleccionados".

El supremo podía dictar nuevas sentencias.

Sin embargo, el Supremo recuerda que, a pesar de que cada representación legal esté recibiendo la misma sentencia por parte de la Audiencia Nacional, esta "no es firme", ya que cabe recurso de casación ante la Sala Tercera de "este tribunal".

Según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, esta afirmación podría abrir la vía a sentencias diferentes a la dictada por el propio Supremo el 13 de diciembre de 2010, que confirmaba íntegramente la de la Audiencia Nacional y cuyo contenido también tenía un carácter general a todos los afectados.

Los afectados consideran que los tribunales no han tenido en cuenta toda la documentación que demuestra que las distintas administraciones públicas conocían la existencia de la estafa y no actuaron dejando que siguieran captando clientes.

El lunes se cumplieron cinco años de la intervención judicial de Fórum y Afinsa del 9 de mayo de 2006, que se saldó con 480.000 afectados, que sumaron casi 5.000 millones de euros pérdidas.

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