El Ministerio de Educación ejecutará en sus términos la sentencia de un juzgado de Almería que lo condena a que se readmita y a pagar diez años de salario a la profesora de religión Resurrección Galera, a la que no se le renovó el contrato en 2001 porque el Obispado no la consideró adecuada para dar clase tras casarse por lo civil.
El departamento que dirige Ángel Gabilondo no ha recibido aún la sentencia, según han precisado fuentes ministeriales. Cuando llegue, será analizada y cumplida en los términos que diga, han comentado. Han matizado que cualquier duda se consultará con la Abogacía del Estado y se actuará en consecuencia.
El Juzgado de lo Social número 3 de Almería ha dictado esta sentencia después de que el pleno del Tribunal Constitucional (TC) reconociera recientemente el derecho de la profesora a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad ideológica e intimidad personal y familiar.
Sentencias anuladas
El TC anuló una sentencia de diciembre de 2001 de ese juzgado y otra de 2002 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que habían desestimado las demandas de la profesora contra el Obispado de Almería.
El Obispado no la propuso para continuar impartiendo religión porque, en su opinión, no reunía las condiciones exigibles para defender la moral y la doctrina cristiana, ya que se había casado por lo civil con un divorciado.
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