La Sala rechaza que se utilicen unas conversaciones entre policías anuladas en otra causa

Investigador dice que los archivos Maras apuntaban a una supuesta "situación generalizada de corrupción y soborno"
Roca Y Letrados En El Juicio Del Caso 'Malaya'
Roca Y Letrados En El Juicio Del Caso 'Malaya'
EUROPA PRESS
Roca Y Letrados En El Juicio Del Caso 'Malaya'

El Tribunal del caso 'Malaya', contra la presunta corrupción en el Ayuntamiento de Marbella (Málaga), ha decidido no permitir a las partes personadas en el juicio utilizar unas conversaciones telefónicas entre policías, intervenidas para otro procedimiento judicial contra responsables de este cuerpo, que fueron anuladas por el Tribunal Supremo.

La defensa del presunto cerebro de la trama, Juan Antonio Roca, aportó hace dos meses esta prueba documental, que fue admitida por la Sala, según ha explicado la letrada Rocío Amigo, que ha comenzado a hacer preguntas al responsable de la Udyco Costa del Sol, que declara como testigo en la vista oral, sobre el contenido de unas conversaciones entre responsables policiales.

La letrada ha señalado que hay una conversación en la que un superior del testigo "le pide a un señor que trabaja en un banco una información muy confidencial sobre el señor Roca y su madre, solicitando que le facilite teléfonos de contactos que puedan figurar en tarjetas de crédito" y ha preguntado al agente si esa era "la forma de obtener los teléfonos".

Ante las preguntas, el fiscal Anticorrupción Juan Carlos López Caballero ha pedido que se explique "de dónde se ha obtenido la transcripción de conversaciones entre mandos de Policía", ya que "no forman parte de esta causa", apuntando a la posibilidad de que esas escuchas fueran declaradas nulas en la causa en la que se realizaron, al afectar a derechos fundamentales de los acusados, que fueron absueltos.

La abogada de Roca ha recordado que la Sala admitió esta prueba mediante un auto y que antes se le había dado traslado al ministerio fiscal, además de que posteriormente también se remitió al resto de defensas. Ha añadido que con esta diligencia "no se está acusando a nadie, sino que se está utilizando porque es vital para la defensa de esta parte".

En este sentido, el letrado Antonio Ruiz Villén ha precisado que la sentencia del Supremo de marzo de 2010 que anuló estas escuchas "en ningún momento dijo que el contenido de las transcripciones no fuera cierto", sino que el auto por el que se acordaron "era nulo por falta de motivación". El resto de letrados han considerado, al igual que la defensa de Roca, que pueden ser utilizadas en este caso.

Así, el abogado José Antonio Choclán ha apuntado que es una prueba "necesaria" porque "contiene información que de ser cierta afectaría a los pilares de este proceso" y ha añadido que demostraría que "hay información que no habría sido llevada al caso 'Malaya'" y afecta a argumentos expuestos en las cuestiones previas, como que "se seleccionó arbitrariamente al juez de instrucción" de la causa.

El fiscal, que ha asumido su parte de responsabilidad por no haber tenido conocimiento de la prueba hasta ahora, ha insistido en que se ha incluido sin seguir el cauce de pedirla al juzgado correspondiente, por lo que "la forma de proceder ya es irregular". Las demás acusaciones se han adherido a éste y han considerado que si fueron anuladas, "están expulsadas del mundo jurídico".

Aunque el Tribunal ha autorizado inicialmente continuar la sesión, posteriormente, tras pronunciarse las partes, se ha retirado a deliberar de nuevo y ha decidido no admitir preguntas sobre las conversaciones, al concluir que "la nulidad radical declarada impide que la prueba pueda ser tenida en cuenta en este proceso", ha apuntado el presidente José Godino.

Godino ha precisado que la prueba se admitió dentro "del criterio de amplitud de pruebas que hemos venido manteniendo". Ha matizado que en ese momento se desconocía la existencia de la sentencia de marzo de 2010, que anula, aunque ha precisado que "ninguna de las partes, pese a que se dio traslado a cada una de ellas, lo puso de manifiesto al Tribunal".

"No puede ser nula para un procesado y válida para otro, aunque se trate de un proceso distinto", ha indicado el magistrado, quien ha manifestado que "esa nulidad radical ordenada por la superioridad determina que esa prueba no existe", por lo que el Tribunal ha acordado no permitir preguntas que versen sobre esas escuchas declaradas nulas.

Las defensas han hecho constar su protesta y el interrogatorio ha continuado, pero por parte de otro letrado, ya que la de Roca no ha querido hacer más preguntas. En esta sesión, el investigador ha vuelto a reiterar que no se investigó al exasesor marbellí "antes del requerimiento del juez", como sostienen los abogados, y que los medios técnicos usados fueron autorizados por el instructor. COHECHO

Cuestionado por el delito de cohecho, que motivó la detención por segunda vez de uno de los acusados, el testigo ha precisado que el hallazgo de los archivos de la sociedad Maras Asesores supuso encontrar "la caja única de los cohechos" y ha precisado que su análisis acreditó "una reiteración masiva en la comisión de ese tipo penal, masiva".

"Estamos hablando de una situación generalizada de corrupción y soborno en un ayuntamiento, si a usted no le parece un hecho grave, para nosotros esos hechos eran gravísimos, de una gravedad tremenda. Aplastante", ha afirmado el agente, que continuará en otra sesión del juicio su declaración.

Ha sostenido que el primer informe policial no se hizo sólo basado en la declaración del que fuera jefe de los Servicios Jurídicos de Urbanismo Jorge González, sino en otras informaciones de las que disponía que procedían, entre otros medios, de consultas de datos policiales. Ha contestado que motivos de carácter "personal y profesional, que no tienen nada que ver con el procedimiento" le llevaron a dejar la investigación antes de concluir.

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