Desestimado el recurso del PSOE contra el archivo de la causa por prevaricación del alcalde de Cuenca

La Audiencia provincial de Cuenca ha desestimado el recurso presentado por el Grupo Municipal Socialista contra el archivo de la causa por un delito prevaricación del alcalde de la capital, Francisco Pulido. Según los socialistas, el primer edil modificó de forma irregular el plazo de amortización de una operación de crédito de 5.000.000 euros contratada con Caja Madrid para construir las nuevas sedes de los sindicatos de la capital conquense.

La Audiencia provincial de Cuenca ha desestimado el recurso presentado por el Grupo Municipal Socialista contra el archivo de la causa por un delito prevaricación del alcalde de la capital, Francisco Pulido. Según los socialistas, el primer edil modificó de forma irregular el plazo de amortización de una operación de crédito de 5.000.000 euros contratada con Caja Madrid para construir las nuevas sedes de los sindicatos de la capital conquense.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los socialistas recurrieron la sentencia del Juzgado de Instrucción número 4 de Cuenca que establecía el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa por prevaricación, alegando que "existía una voluntad clara y manifiesta del alcalde de llevar adelante la modificación desoyendo cualquier advertencia de ilegalidad y convirtiendo su voluntad en Ley".

Según los socialistas, el alcalde obvió "deliberadamente" cualquier trámite que pudiera generar un informe o advertencia sobre la ilegalidad de la operación ya que "transcurrieron seis meses desde el acuerdo plenario hasta la firma de la modificación del contrato" y no se facilitó documentación al respecto a la Intervención municipal.

Ahora, según la sentencia de la Audiencia provincial de Cuenca establece que si la interventora municipal "no efectuó el oportuno reparo hasta casi seis meses después de acordarse en el pleno la modificación del préstamo, es evidente que no se desbordaba la legalidad de manera patente y clamorosa".

Así, el magistrado establece que no puede decirse que el alcalde de Cuenca actuase con el objetivo de "hacer efectiva su voluntad particular", ni obró en conocimiento de que estaba actuando en contra del derecho, un requisito necesario para que se produzca un delito de prevaricación.

Además, según la sentencia, para que haya un delito de prevaricación debe demostrarse que la decisión que se tome, tiene que "comportar un resultado injusto" y en este caso "no consta esa lesión de un derecho o del interés colectivo".

El auto es firme y no cabe interponer recurso ordinario contra él. La Audiencia ha declarado de oficio las costas de esta alzada. AYUNTAMIENTO

Por su parte, el concejal de Hacienda y Promoción Económica, Javier Ruiz, ha señalado que esta sentencia demuestra que "hacemos las cosas bien" y ha defendido que "el alcalde no prevaricó a pesar de lo que se ha insistido en esto con este procedimiento de 'difama que algo queda'".

Asimismo, ha remarcado que el alcalde "hizo lo mejor para la ciudad y para el Ayuntamiento, amparándose siempre en la legalidad, con todos los informes oportunos". PSOE

Por otro lado, el Grupo Municipal Socialista anunciaba la pasada semana que pedirá que se reabran las diligencias previas en el de presunta prevaricación del alcalde.

El Grupo Socialista no está de acuerdo con la interpretación del concepto de prevaricación, y sostiene que el alcalde vulneró la ley al modificar de forma unilateral las condiciones de un préstamo aprobado en pleno municipal.

Transcurrido un año desde el primer archivo de la querella, los concejales socialistas creen que se han dado circunstancias que refuerzan aún más la posible comisión del delito, ya que la dilatación del plazo de amortización de 2 a 20 años al mismo tipo de interés produce un mayor coste económico al Ayuntamiento por el mayor pago de intereses.

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