Condenan a cinco años de cárcel a un hombre que intentó matar a su pareja al pedirle que no hiciera ruido

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a cinco años de prisión a un hombre por un delito de homicidio intentado, después de que en marzo de 2010 intentara matar a su pareja sentimental, con la que mantenía una relación de 10 años de duración, después de que ésta le pidiera que no hiciera ruido porque quería descansar.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a cinco años de prisión a un hombre por un delito de homicidio intentado, después de que en marzo de 2010 intentara matar a su pareja sentimental, con la que mantenía una relación de 10 años de duración, después de que ésta le pidiera que no hiciera ruido porque quería descansar.

La sentencia recoge, así, el acuerdo alcanzado por el Ministerio Fiscal, acusación y defensa, que contempla también la prohibición de que el condenado se acerque o se comunique con la víctima durante 10 años e indemnice a la mujer con 5.500 euros por las lesiones derivadas de la agresión y los días que estuvo de baja, así como el abono de las costas del proceso.

El acusado convivía con su pareja en una vivienda de la calle San Juan Bosco de Valencia cuando el día 11 de marzo de 2010, la mujer le pidió que no hiciera ruido porque quería descansar. En ese momento, él salió de la cocina y se dirigió a la víctima, y le dijo: 'te mato aunque vaya a la cárcel'.

Seguidamente le intentó clavar en el estómago un cuchillo de 191mm de hoja que portaba en la mano. La mujer lo cogió con las manos para evitar que le agrediera, y como consecuencia sufrió varias lesiones. Necesitó un tratamiento que consistió en reparación tendinosa y sutura nerviosa, y tardó en curar 49 días. También estuvo tres días hospitalizada.

Inicialmente, el fiscal pedía para el acusado —que se encuentra en un establecimiento penitenciario desde marzo de 2010— una pena de siete años de cárcel por un delito de homicidio en grado de tentativa, con la atenuante de embriaguez, aunque finalmente se llegó a un acuerdo con la defensa.

"ánimo homicida"

Según la sentencia de la Audiencia Provincial, la autoría del delito queda probada "por las manifestaciones del acusado, que en el plenario reconoció esta acción", así como "por el testimonio de la víctima, que ratificó lo ya declarado" y el parte de asistencia e informe forense posterior.

A juicio de los magistrados, la forma en la que procedió el acusado evidencia "su ánimo homicida" por el tipo de arma usada y la zona del cuerpo a la que se dirigió el ataque, "que no alcanzó zona vital por la maniobra de obstrucción que realizó la víctima".

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