Manos Limpias pide al TSJA que permita a la juez Alaya "revisar" cautelarmente las actas reclamadas

Recurre ante el Alto Tribunal andaluz la negativa del Consejo de Gobierno a entregar a la juez las actas de sus sesiones desde 2001

El sindicato Manos Limpias, personado como acusación popular en las diligencias incoadas por el Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla sobre la posible trama de prejubilaciones fraudulentas incentivadas con fondos autonómicos, ha recurrido ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el acuerdo del Consejo de Gobierno que declaraba la "imposibilidad legal" de levantar el carácter reservado de las actas correspondientes a las sesiones celebradas por este órgano autonómico en los últimos diez años. En su recurso, la organización reclama, como medida cautelar, que la juez Mercedes Alaya tenga acceso a estos documentos "sin perjuicio de que solo pueda incorporarlos al sumario" una vez este recurso se resolviese de manera favorable a los intereses del sindicato.

La titular del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, Mercedes Alaya, investiga como es sabido esta posible trama de prejubilaciones fraudulentas descubierta en numerosos expedientes de regulación de empleo (ERE) incentivados con fondos autonómicos y la relación de estos hechos con el acuerdo rubricado, en 2001, entre la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía y el antiguo Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), para canalizar a través de esta última institución las ayudas a re estructuraciones laborales de empresas en crisis.

Las subvenciones e incentivos otorgados mediante esta fórmula, ni siquiera publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y cuyo montante total ascendería a 647.869.157,45 euros, constituyen según la Policía Judicial un "incumplimiento flagrante" de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía al haber esquivado los controles administrativos y la preceptiva fiscalización.

La Consejería de Empleo, en una investigación paralela, ha detectado y elevado a la juez Mercedes Alaya un total de 72 prejubilaciones falsas y otras 111 con algún tipo de "discordancias administrativas" en los expedientes de regulación de empleo promovidos por al menos una treintena de empresas andaluzas con cargo a este fondo de 647.869.157,45 euros.

El conflicto de las actas

En este marco, la juez Alaya reclama al Ejecutivo andaluz las actas relativas a las sesiones celebradas por el Consejo de Gobierno durante los últimos diez años, sobre todo a cuenta de las advertencias impulsadas desde la Intervención General de Hacienda de la Junta de Andalucía sobre el mencionado acuerdo con el IFA y las ayudas que estaban siendo libradas gracias a dicho convenio. Dada la negativa del Gobierno andaluz a entregarle dichos documentos a cuenta de su carácter reservado, las actas se encuentran actualmente custodiadas en un armario acorazado en los juzgados sevillanos a la espera de que sea resuelto el conflicto de jurisdicción elevado al Tribunal Supremo (TS) para dilucidar si la juez en cuestión goza de potestad o no para acceder directamente a estos documentos.

Dado el caso, Manos Limpias, como acusación popular en estas diligencias, ha elevado a la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA un recurso contra el acuerdo adoptado el 29 de marzo de 2011 por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía para declarar "la imposibilidad legal y material de levantar el carácter reservado de todos los documentos incorporados en las actas" reclamadas por la juez Mercedes Alaya mediante un auto fechado el 21 de marzo del año en curso. En este acuerdo, el Consejo de Gobierno pedía además a la juez que se inhibiese "por incompetencia" en cuanto al acceso de estos documentos.

Recurso al tsja

En su recurso, recogido por Europa Press, Manos Limpias recuerda de que las actas en cuestión "tienen una trascendencia fundamental en la investigación" y que el citado acuerdo del Consejo de Gobierno "está vulnerando el derecho a la tutela judicial", incluso con "mala fe y temeridad" en un "intento de apartar a la juez de la investigación". Por eso, esgrime el artículo 332 de la LEC sobre "deber de exhibición de las entidades oficiales" y la propia Ley autonómica de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, pues su artículo 31 señala que "los documentos del Consejo de Gobierno tendrán carácter reservado hasta que el propio Consejo acuerde hacerlos públicos".

Por eso, Manos Limpias esgrime el principio de tutela judicial que reconoce la Constitución Española y el "derecho al juez ordinario" que consagra la Carta Magna para reclamar al TSJA la "suspensión" de la ejecución del mencionado acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno para declarar la "imposibilidad legal y material de levantar el carácter reservado" de las actas en cuestión, pidiendo como "medida cautelar inmediatísima de suspensión" que la juez pueda "revisar" la documentación en cuestión "sin perjuicio de que solo pueda incorporarla al sumario una vez se resuelva favorablemente el presente recurso".

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