Un juez rechaza que un médico de familia pueda negarse a informar sobre el aborto

  • Sólo se puede atener a la objeción los médicos que lo practican.
  • Esta es la opinión del juzgado de Málaga que ha llevado el caso.
  • El médico tiene la posibilidad de recurrir dicha sentencia.
Imagen de archivo de varios sanitarios trabajando en un quirófano.
Imagen de archivo de varios sanitarios trabajando en un quirófano.
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Imagen de archivo de varios sanitarios trabajando en un quirófano.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Málaga ha rechazado la petición de un médico de familia de un centro de salud de Antequera (Málaga) que se declaró objetor de conciencia para no informar a las pacientes sobre el aborto.

En el auto judicial se desestima la petición del médico al considerar que el interés público que representa la atención del sistema sanitario público a las mujeres que desean información sobre la intervención voluntaria del embarazo (IVE) prevalece sobre la afectación a la conciencia del facultativo.

El auto, contra el que cabe recurso de apelación, ha sido dictado después de que el médico pidiera al juez la suspensión de la resolución de la gerencia del Área Sanitaria Norte de Málaga, dictada en diciembre de 2010, en respuesta a la manifestación del facultativo de declararse "objetor en relación con el aborto".

Según comunicó al médico el área sanitaria, el derecho a la objeción de conciencia sólo ampara a los profesionales que están directamente implicados en la IVE, lo que, a juicio de juez, "no es el caso del recurrente".

Por su parte, al ser preguntado por los periodistas este jueves en Málaga, el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, ha eludido pronunciarse sobre este auto ante la posibilidad de que el médico recurra y el juez adopte una decisión posterior a esta.

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