Los candidatos de Bildu tendrán que firmar el compromiso de oponerse al uso de la violencia

  • Los candidatos de la coalición electoral firmarán oponerse a cualquier violación de los derechos humanos y al uso de la violencia.
  • Es un requisito para formar parte de las listas electorales.
  • El Tribunal Supremo decide hoy sobre el recurso de Sortu.
Acto de la coalición Bildu.
Acto de la coalición Bildu.
EFE
Acto de la coalición Bildu.

En un intento por desmarcarse de ETA de cara a las elecciones, cada candidato de Bildu, la coalición electoral integrada por EA, Alternatiba e independientes de la izquierda abertzale, deberá firmar un compromiso de oposición "por todos los medios que legítimamente tenga a su alcance" a cualquier violación de los derechos humanos y al uso de la violencia.

Así se recoge, según publica la edición digital del diario Gara, en un decálogo de principios redactado por Bildu que cada uno de los candidatos de la coalición deberá firmar para poder formar parte de las listas electorales.

Cada candidato, según fija este decálogo en su punto nueve, asume su "firme compromiso de actuar utilizando única y exclusivamente vías y métodos políticos, pacíficos y democráticos".

Dicho compromiso, se añade, "lleva aparejado la oposición, por todos los medios que legítimamente tenga a su alcance, a cualquier acto o actividad que suponga agresión o violación de cualquier derecho humano y al uso de la violencia para lograr objetivos políticos".

Sortu en el Supremo

Por otra parte, la Sala del 61 del Tribunal Supremo (TS) se reunirá esta tarde para estudiar el incidente de nulidad presentado por Sortu contra el auto de esta Sala Especial que acordó prohibir su inscripción en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior.

Los dieciséis magistrados de la Sala del 61 iniciarán la reunión a las 16.30 horas para decidir si rechazan o admiten a trámite el incidente de nulidad que presentó Sortu el pasado día 7 al considerar que el auto vulneraba, entre otros, el derecho a la libre creación de partidos políticos.

Según fuentes del alto tribunal, la Sala Especial puede rechazar de plano este incidente de nulidad de actuaciones o admitirlo a trámite. En este último caso, según las mismas fuentes, se daría un plazo de cinco días a las partes para que efectuaran alegaciones.

La Sala del 61 acordó prohibir la inscripción de Sortu el pasado 23 de marzo y el 1 de abril notificó el auto, que contó con un voto particular firmado por siete de los dieciséis magistrados que la integran.

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