La UIB nombra profesor emérito al doctor Gabriel Janer Manila

El Consejo de Gobierno de la Universitat de les Illes Balears (UIB) ha nombrado este martes al doctor Gabriel Janer Manila, docente del departamento de Pedagogía y Didácticas Específicas y catedrático de Antropología de la Educación, como profesor emérito.

El Consejo de Gobierno de la Universitat de les Illes Balears (UIB) ha nombrado este martes al doctor Gabriel Janer Manila, docente del departamento de Pedagogía y Didácticas Específicas y catedrático de Antropología de la Educación, como profesor emérito.

En un comunicado la UIB ha informado que Janer Manila es profesor en este campus desde el 1975 y catedrático de universidad desde el 1990. Además, ha sido vicedecano de la Facultad de Filosofía y Letras (1986-1989) y director del Instituto de Ciencias de la Educación (ICE) de la UIB entre los años 1995 y 2002.

Su trayectoria en el campo de la investigación está avalada por cuatro sexenios de investigación que reconocen su aportación a varios campos de las ciencias de la educación. Por otra parte, su contribución a la docencia de la licenciatura de Pedagogía desde hace 35 años ha sido fundamental para la formación de muchas promociones de alumnos, ha remarcado la UIB.

Según la normativa vigente, la UIB puede nombrar profesores eméritos, con dedicación a tiempo completo, con carácter temporal y en régimen laboral, entre los profesores jubilados de la universidad que hayan prestado servicios destacados en este campus durante al menos diez años.

Asimismo, para que un profesor jubilado pueda ser contratado como profesor emérito es necesario haber prestado, al menos, diez años de servicio activo a la UIB; ser doctor desde al menos veinte años; tener un mínimo de tres quinquenios de docencia con evaluaciones positivas y tres sexenios de investigación; haber llegado a la edad de jubilación en la UIB, estar jubilado y tener menos de setenta y cinco años.

La petición de nombramiento como profesor emérito corresponde al departamento o instituto universitario al cual pertenece el profesor propuesto. La propuesta se envía a la rectora de la Universidad, que la somete a la consideración del Consejo de Gobierno.

Actualmente, la duración de los contratos que se formalicen con los profesores eméritos que tengan más de 60 años, que especificarán sus obligaciones académicas, es de tres años no renovables. No obstante la extinción de la relación contractual, la condición de profesor emérito es vitalicia, a efectos honoríficos. En cualquier caso, y siempre que el departamento afectado así lo acuerde, una vez extinguido el contrato, los profesores eméritos podrán seguir prestando su colaboración voluntaria y gratuita.

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