El TC decreta que el TSJB dicte una nueva resolución sobre un recurso contencioso-administrativo

El Tribunal Constitucional ha declarado nula una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares por desestimar un recurso contencioso-administrativo interpuesto frente a una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional sobre una controversia planteada en la liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales.
Fachada del Tribunal Constitucional (TC)
Fachada del Tribunal Constitucional (TC)
EP
Fachada del Tribunal Constitucional (TC)

El Tribunal Constitucional ha declarado nula una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares por desestimar un recurso contencioso-administrativo interpuesto frente a una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional sobre una controversia planteada en la liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales.

El Alto Tribunal da validez a un recurso de amparo por vulneración de tutela judicial efectiva presentado por una persona al que no se le admitió un recurso sobre la sentencia del citado Tribunal Económico, y decreta que se retrotraigan las actuaciones al momento anterior al pronunciamiento del TSJB para que dicte una "nueva resolución respetuosa" con el derecho el derecho fundamental reconocido.

Los hechos se remontan a 2002 cuando la entonces Conselleria de Hacienda y Presupuestos estimó que, en la compraventa de un inmueble, el gravamen aplicado a una compraventa de un inmueble no era correcto, lo que motivó un proceso ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional, que confirmó las actuaciones impugnadas en esta operación y la nulidad de la liquidación de impuestos.

Ello motivó que se presentará un recurso de anulación a dicho tribunal que no fue admitido, presentandose luego un recurso contencioso-administrativo ante el TSJB sobre la misma cuestión. Tras ello, el Tribunal Superior dictó una sentencia en 2007 desestimando el recurso de la persona afectada para intentar lograr que su recurso de anulación fuera atendido.

Al respecto, el Tribunal Constitucional entiende que la persona solicitante de amparo no ha tenido una respuesta judicial efectiva a pesar de haber seguido los procedimientos marcados por la Ley al interponer, en tiempo y forma, recursos sobre la nulidad de esa liquidación de impuestos.

El TC entiende que no se aprecia una causa legal que justifique que no haya un pronunciamiento del recurso de anulación presentado y entiende que, al no haberse admitido esa petición, se ha dejado de dar respuesta a todas las cuestiones controvertidas en el proceso.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento