Condenan al Ib-Salud a indemnizar con 100.000 euros por el retraso en el diagnóstico de una paciente

Los abogados de la Asociación del Defensor del Paciente han tramitado el caso

El Juzgado número 1 de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, ha dictado sentencia en la que se reconoce la responsabilidad patrimonial de la Administración en la asistencia que se prestó a M.T.S., por parte del Ib-Salud, "por el retraso en el diagnóstico" de una paciente que padecía un tumor, con resultado de fallecimiento".

La sentencia, tramitada por los servicios jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente, hace referencia a una "demora excesiva, y retraso en el diagnóstico, desde la objetivación de la adenopatía axilar que sufría en julio de 2002, y que por la ginecóloga de su Centro de Atención Primaria (CAP) que la trataba no se indicó la necesidad de realizar pruebas diagnósticas complementarias consistentes en una resonancia magnética nuclear mamaria, una punción PAAF o biopsia quirúrgica de la adenopatía con el fin de llegar a un diagnóstico de certeza de benignidad o malignidad".

Según informa la citada Asociación, "el retraso en el diagnóstico por falta de medios a disposición de la paciente ha sido reconocido por la Administración sanitaria, si bien alega que el tratamiento debía ser el mismo en julio del año 2002, que cuando fue operada en el Hospital de Can Misses con posterioridad en abril de 2004, y por lo tanto la indemnización debía ser de 10.976 euros, correspondientes a una parte de la baja y sin reconocer cantidad alguna en concepto de daños físicos, cicatrices derivadas de la intervención en el pecho afectado, daño moral e incapacidad absoluta derivada del avance de la enfermedad".

El juzgado, sin aceptar la cantidad solicitada por los demandantes, ha concedido la cantidad final de 100.000 euros a los herederos de la perjudicada, "ya que en el transcurso de la tramitación del procedimiento la reclamante falleció en octubre de 2008, a la edad de 50 años, y sucediéndole los hijos de la víctima en el procedimiento judicial".

"A pesar de que la espera ha sido larga hasta tener la primera resolución por parte de la Compañía Zurich, que no comparte la cuantificación señalada en la sentencia, ha procedido a recurrirla al Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB), lo que supondrá más retraso en la resolución definitiva del daño sufrido por la familia", concluye la nota.

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