La Junta publica el decreto de convocatoria de las elecciones para presidir 47 entidades locales autónomas

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica este martes el decreto por el que se convocan para el próximo día 22 de mayo las elecciones a las presidencias y a las juntas vecinales de las 47 Entidades Locales Autónomas (ELA) constituidas en Andalucía.
Urna electoral
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AYTO. PARLA
Urna electoral

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica este martes el decreto por el que se convocan para el próximo día 22 de mayo las elecciones a las presidencias y a las juntas vecinales de las 47 Entidades Locales Autónomas (ELA) constituidas en Andalucía.

Este decreto de la Junta coincide con la publicación también este martes en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto 424/2011, por el que se convocan elecciones locales en los municipios de toda España —771 en Andalucía—, en las Asambleas de Ceuta y Melilla y en trece comunidades autónomas —salvo Andalucía, Cataluña, País Vasco y Galicia—.

Las 47 ELA afectadas por el decreto de convocatoria de las elecciones municipales se localizan once en la provincia de Granada (Ventas de Zafarraya, Játar, Fornes, Bácor-Olivar, Dehesas Viejas, Domingo Pérez, Carchuna-Calahonda, Torrenueva, Valderrubio, Mairena y Picena); diez en la provincia de Cádiz (La Barca de la Florida, Estella del Marqués, Guadalcacín, Nueva Jarilla, San Isidro del Guadalete, El Torno, Torrecera, San Martín del Tesorillo, Facinas y Tahivilla); y otros diez en la provincia de Jaén (Mures, La Bobadilla, La Ropera, Los Villares, El Centenillo, Garcíez, Estación Linares-Baeza, San Julián, El Mármol y La Quintería).

El resto se ubican en las provincias de Córdoba (Algallarín, Encinarejo, Aldea de Fuente Carretero, Ochavillo del Río, Castil de Campos y La Guijarrosa); Huelva (Tharsis, La Zarza-Perrunal y La Redondela); Sevilla (Las Marismillas, Isla Redondela-La Aceñuela y El Palmar de Troya); Almería (Balanegra y Fuente Victoria); y Málaga (Montecorto y Serrato).

Junto con la convocatoria, el BOJA publica este martes otro decreto que establece las características de los medios materiales que se utilizarán en el proceso electoral. De acuerdo con esta norma, los espacios y cabinas serán los mismos que se fijan para el conjunto de las elecciones locales, mientras que las mesas electorales dispondrán de urnas específicas relativas a las ELA.

Impresos comunes

Los impresos comunes para el proceso serán los homologados, con carácter general, por el Ministerio del Interior. Los específicos para las ELA se pueden descargar de la página web 'www.juntadeandalucia.es/gobernacionyjusticia'. Los plazos y periodos de la convocatoria serán idénticos a los de las elecciones locales.

La figura de la Entidad Local Autónoma, creada en 1997 de acuerdo con la Ley Reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía, tiene como principales objetivos descentralizar y mejorar la gestión y los servicios que se prestan en aldeas y pedanías alejadas de las poblaciones que ostentan capitalidad municipal. La ELA supone que el núcleo de población reconocido adquiere cierto nivel de autonomía respecto al consistorio matriz y asume la gestión de una serie de servicios en coordinación con el municipio.

La Junta Electoral Central (JEC) comunicó el pasado 21 de marzo a la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía que corresponde a la comunidad autónoma asumir las competencias en materia de "convocatoria y gestión" de las elecciones municipales del próximo 22 de mayo en las entidades locales autónomas.

Así lo trasladó la JEC en respuesta a una consulta formulada por el director general de Interior, Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía, José Antonio Saavedra Moreno, sobre el "órgano competente para la convocatoria a las elecciones de las entidades locales autónomas de Andalucía".

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