Presidencia establece un teléfono de recogida de datos para facilitar el voto a personas con deficiencia visual

Será el 900201105 y no el 012 como se señalaba en la Orden que crea el fichero para el voto accesible
Voto en las elecciones europeas
Voto en las elecciones europeas
EP
Voto en las elecciones europeas

La Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Cantabria ha publicado este martes un anuncio en el que establece el teléfono 900201105 para la recogida de datos personales para facilitar el voto en las elecciones de mayo a las personas con discapacidad visual.

El anuncio corrige así un punto de la Orden por la que se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal relativo al "voto accesible" para el Parlamento de Cantabria.

En dicha Orden se indicaba por error que ls datos serán recogidos a petición de las personas interesadas mediante comunicación a un teléfono de la Administración (012) destinado al efecto, cuando el número al que se deberá llamar es el 900201105, según señala el anuncio publicado este martes y que recoge Europa Press.

El objeto de la Orden en la que se introduce esa corrección es la creación del fichero de datos de carácter personal para el ejercicio del "voto accesible" que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio.

El fichero contendrá datos de personas que ejercen su derecho a voto accesible en las elecciones al Parlamento de Cantabria de conformidad con lo previsto en el Real Decreto por el que se regula un procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio de derecho de sufragio, así como de conformidad con la normativa autonómica al respecto.

Su finalidad es ebtener la relación de las personas que solicitan dicho voto accesible, para que puedan ejercitar su derecho a voto en las elecciones autonómicas.

El mismo incluirá datos identificativos (nombre y apellidos, DNI, dirección postal y teléfono de contacto); datos especialmente protegidos relacionados con la salud de las personas (grado de discapacidad visual igual o superior al 33%); y características personales (declaración de conocimiento del sistema de lecto-escritura braille y de tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por cierto o ser afiliado a la ONCE).

Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener los datos o resulten obligados a suministrarlos son aquéllas con discapacidad visual que conozcan el sistema de lecto-escritura braille y tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33% o estén afiliadas a la ONCE y soliciten el ejercicio del derecho al sufragio en las elecciones al Parlamento de Cantabria mediante el procedimiento de voto accesible.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento