Particulares, empresas o de renting: ¿Quiénes pueden reclamar hasta 9.000 euros de indemnización por su coche?

Puedes reclamar una indemnización de más de 2.000 euros si compraste un coche entre el 2006 y 2013
Puedes reclamar una indemnización de más de 2.000 euros si compraste un coche entre el 2006 y 2013
Wochit
Puedes reclamar una indemnización de más de 2.000 euros si compraste un coche entre el 2006 y 2013
El Tribunal Supremo ha avalado a la CNMC contra varios concesionarios y fabricantes de coches por encarecer el precio de los vehículos entre estos años.
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La Organización de Consumidores y Usuarios estima que hay más de 4 millones de afectados por el cártel de coches, una organización entre marcas y concesionarios a través de la que se pactaron unos acuerdos anticompetencia para encarecer el precio de venta de los coches y de toda otra serie de aspectos asociados a las adquisiciones. 

Primero fue la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia la que descubriera estas irregularidades y propusiera una serie de multas millonarias para los implicados, y ahora es la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo la que ha ido ratificando estas propuestas de sanción y rechazando los recursos interpuestos por los infractores.

Los afectados por estar prácticas anticompetencia, así como diversas asociaciones y plataformas, están empezando a presentar las correspondientes demandas para recibir una indemnización que, en algunos casos, puede alcanzar hasta los 9.000 euros, depende del precio de venta del vehículo. Se estima que las marcas y concesionarios infractores deberán abonar entre el 10 y el 15% (según la OCU) del coste de adquisición del coche.

¿Quiénes pueden reclamar contra el cártel de coches?

Tanto los particulares, como los trabajadores autónomos y las empresas pueden reclamar la indemnización que se les deba si el coche que compraron está afectado por el cártel de coches, incluso aquellos compradores que ya no dispongan de ese vehículo (pero sí puedan demostrar que lo adquirieron). Del mismo modo, se puede demandar de manera individual o colectiva, a través de una asociación de afectados. Solamente hace falta informarse sobre las modalidades de participación, si estas organizaciones se quedan con una parte de la indemnización, etc.  

Igualmente, desde Arriaga Asociados explican que no importa la modalidad de adquisición: tanto la compra directa, como el renting o el leasing pueden ser susceptibles de compensación. En el caso del renting, como explican La Información, hay que atender a qué porcentaje de la cuota de alquiler del coche está afectado por el cártel, ya que hay conceptos que sí lo están pero otros que no (como el mantenimiento, los neumáticos, los seguros...). 

Sin embargo, desde la asociación Compensación del Coche avisan de que el proceso judicial no es sencillo y puede alargarse hasta 5 años, periodo de tiempo en el que el afectado puede tener que ir incluso a declarar si así lo requiere el procedimiento judicial.

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