Condenado un hombre a alejarse de su pareja y a 30 días de trabajo en beneficio de la comunidad por malos tratos

La Sección número 3 de la Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la condena a un individuo a 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, prohibición de aproximación a su ex pareja durante seis meses y a indemnizarla en la cantidad de 100 euros por un delito de malos tratos por violencia familiar, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

La Sección número 3 de la Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la condena a un individuo a 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, prohibición de aproximación a su ex pareja durante seis meses y a indemnizarla en la cantidad de 100 euros por un delito de malos tratos por violencia familiar, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

Los hechos se remontan a agosto de 2013, cuando el individuo llamó por teléfono a la que había sido su pareja sentimental con intención de ir a visitarla, cuando la relación se encontraba definitivamente terminada, según los hechos considerados probados por la sentencia.

A pesar que la mujer le insistió para que no fuera a su domicilio, temerosa del carácter "violento y celoso" del acusado, él decidió dirigirse a la casa tras mantener una discusión por teléfono por motivo de su relación sentimental pasada.

La sentencia indica que el acusado quería arreglar "por las buenas" la relación y decidió ir a la casa de su ex pareja "haciendo valer únicamente su voluntad y con manifiesto desprecio de la voluntad de la mujer", decisión que adoptó "al considerarse superior a ella".

Una vez en el portal del domicilio de la víctima, ella bajó a la calle en donde continuaron la discusión y el acusado la insultó gravemente. Ante la actitud violenta que mostraba el individuo, la víctima decidió marcharse a su domicilio a lo que el acusado se interponía con su pecho, empujándola y obstaculizándole el camino.

En ese momento, el acusado se abalanzó sobre ella, agarrándola de las piernas cayendo entonces ella al suelo momento en que le subió la falda y le agarró la ropa interior, diciéndole al mismo tiempo "ya te dije que te iba a arrancar las bragas". El acusado la "sometió", sintiéndose ella "gravemente degradada", y consiguiendo finalmente su propósito al lograr romper la ropa interior de tanto estirarla.

Tras arrebatárselas una vez rotas, el individuo se marchó sin más. Como consecuencia de estos hechos, la víctima sufrió un menoscabo físico que requirió para su sanidad una asistencia facultativa y el transcurso de tres días, con carácter no impeditivo pero el desarrollo de su actividad habitual".

El Juzgado de lo Penal número 3 de Murcia condenó al individuo por estos hechos a 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad y prohibición de aproximación a su ex pareja a menos de 200 metros de su domicilio, lugar de trabajo o cualquiera otro frecuentado por ella o de comunicación con ella por cualquier medio informático o telemático, así como establecer contacto escrito verbal o visual durante seis meses y un día, la imposición de las costas y a una indemnización de 100 euros.

El acusado presentó en tiempo y forma un recurso de apelación, alegando error evidente en la apreciación de la prueba, "pues nos encontramos ante versiones absolutamente contradictorias de la denunciante y el acusado, no existiendo más prueba de cargo, que las versiones de ambas partes".

Además, añade que la denunciante reconoció a preguntas suyas que la noche anterior salió con su hermano a una discoteca y ella intervino en una pelea de su hermano, de ahí que las lesiones superficiales del antebrazo izquierdo "pudieran deberse a dicha intervención y no al incidente mantenido".

La Sala, en cambio, estima que la juzgadora de instancia, en contacto directo con las fuentes de prueba, y percibiendo la totalidad de lo manifestado y expresado por el acusado, la denunciante y la testigo compareciente, ha alcanzado una conclusión "razonable, racional y adecuadamente argumentada, no apreciándose irracionalidad o defecto en la forma de razonar que vierte en la sentencia recurrida".

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