Audiencia Nacional anula la sanción impuesta por CNC "por supuesto acuerdo de precios" a COAG Cádiz

La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha anulado la sanción de 22.000 euros que la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), actualmente integrada en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), impuso a COAG Cádiz "por un supuesto acuerdo de precios" alcanzado entre productores de uva y bodegas dentro del Plan Estratégico para el Marco de Jerez.

La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha anulado la sanción de 22.000 euros que la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), actualmente integrada en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), impuso a COAG Cádiz "por un supuesto acuerdo de precios" alcanzado entre productores de uva y bodegas dentro del Plan Estratégico para el Marco de Jerez.

Así lo indica COAG en un comunicado, en el que también muestra su satisfacción por la anulación de la sanción. En octubre de 2011, la CNC impuso una sanción de 22.000 euros a COAG Cádiz por considerarla responsable de "una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia, y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, por haber llevado a cabo una práctica concertada para fijar los precios de la uva y el mosto contraria a dichos artículos".

El hecho por el que se impuso la sanción está relacionado con un acuerdo alcanzado dentro del Plan Estratégico para el Marco de Jerez, en el que participaron tanto la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural como el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y que fue alcanzado entre productores de uva y bodegas.

Por el citado acuerdo se establecían "una serie de condiciones que permitieran garantizar la viabilidad tanto de la producción de la uva y el vino como de su comercialización". "No era un acuerdo lesivo para el interés general, puesto que no redundaba en un incremento de precio para el consumidor, sino que las partes que intervienen en el proceso de producción y comercialización pactaban unas condiciones que permitieran asegurar la viabilidad de la actividad para todos ellos", asegura en el comunicado COAG, que añade que "de hecho, el citado acuerdo contó con respaldo institucional".

La sentencia de la Audiencia Nacional, según COAG, "recoge expresamente que existía una legislación en la que podía basarse la actuación, y que existió participación activa de las autoridades, por lo que se estima el recurso presentado por COAG Cádiz y se anula la sanción impuesta".

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