El Ayuntamiento de Madrid propone dos años de clausura para la discoteca Moma

  • La sanción por exceso de aforo es de 24 meses y una multa de 300.506 euros.
  • Esta discoteca madrileña tiene abierto otro expediente sancionador, pendiente de resolución, por no respetar la licencia de actividad que le fue concedida.
  • Había 1.510 personas cuando el aforo es de 298.
Imagen del exterior de la discoteca Moma en Madrid.
Imagen del exterior de la discoteca Moma en Madrid.
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Imagen del exterior de la discoteca Moma en Madrid.

El Ayuntamiento de Madrid ha propuesto la la máxima sanción para la discoteca Moma, consistente en 24 meses de clausura, y una multa de 300.506 euros, por el exceso de aforo registrado en la madrugada del pasado domingo, cuando había en el local 1.500 personas cuando el máximo permitido es 298.

Así se establece en el acuerdo de iniciación de proceso sancionador de la Agencia de Gestión de Licencia de Actividades (AGLA) municipal, en el que se estipula que el local cometió una infracción muy grave según la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas por "la superación del aforo máximo permitido cuando comporte un grave riesgo para la seguridad de personas o bienes".

El AGLA recuerda que las infracciones muy graves pueden ser sancionadas con multas de entre 30.051 y 300.506 euros—salvo en el caso de que se venda o se permita el consumo de alcohol a menores, cuando la multa puede ser de hasta 601.012 euros—, y con la clausura del local o suspensión de la actividad entre seis meses y dos años.

Primera sanción contra este local

El Ayuntamiento propone una sanción de 300.506 euros y 24 meses de clausura al valorar tres de los criterios de graduación de la sanción: la negligencia o intencionalidad de los dueños, la trascendencia social de la infracción y la conducta observada por el infractor en orden al cumplimiento de las disposiciones generales. El AGLA reconoce que se trata de la primera sanción que se propone contra este local por exceso de aforo.

En la apertura del proceso sancionador se establece un plazo de quince días, desde que el sancionado reciba esta comunicación, para formular alegaciones. En cualquier caso, el plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento sancionador es de seis meses.

Fuentes policiales han precisado que Moma tiene abierto otro expediente sancionador, pendiente de resolución, por no respetar la licencia de actividad que le fue concedida, ya que ésta contempla una zona con mesas y sillas que, según constató la Policía, se retiraban de madrugada para albergar más público.

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