Docentes exigen listas de miembros de Comisiones Provinciales de Reclamaciones al publicarse la de Granada por sentencia

Así lo han indicado a Europa Press fuentes de la asociación, que han recordado que este órgano es el encargado de emitir informes acerca de las reclamaciones a las calificaciones finales de los alumnos, que sirven de base a las decisiones de los correspondientes delegados provinciales, dándose el caso de que APIA ya ha judicializado el caso de un alumno de cuarto curso de ESO del instituto 'Los Álamos', en Bormujos, que tras haber cerrado el curso con cinco asignaturas suspendidas logró graduarse en contra del criterio del claustro de profesores al prosperar parcialmente ante la Comisión Provincial de Reclamaciones la impugnación de sus suspensos.

La Asociación de Profesores de Instituto de Andalucía (APIA) ha anunciado su petición de las listas de miembros de las Comisiones Provinciales de Reclamaciones después de que una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) declarara el derecho del colectivo a conocer la composición de la Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones de Granada y, posteriormente, la Junta haya dado cumplimiento al fallo judicial.

Así lo han indicado a Europa Press fuentes de la asociación, que han recordado que este órgano es el encargado de emitir informes acerca de las reclamaciones a las calificaciones finales de los alumnos, que sirven de base a las decisiones de los correspondientes delegados provinciales, dándose el caso de que APIA ya ha judicializado el caso de un alumno de cuarto curso de ESO del instituto 'Los Álamos', en Bormujos, que tras haber cerrado el curso con cinco asignaturas suspendidas logró graduarse en contra del criterio del claustro de profesores al prosperar parcialmente ante la Comisión Provincial de Reclamaciones la impugnación de sus suspensos.

Según el colectivo docente, se trata de un "amplio sistema" montado para "aprobar por la cara". Siendo organismos provinciales cuya composición, en principio, debe ser pública, con representantes elegidos mediante procedimiento público, APIA critica que este extremo no se lleve a cabo, dándose el caso de que "se han multiplicado por once los aprobados 'de despacho'".

La sentencia reprocha a la Consejería su "rigorismo formal desproporcionado" al justificar la ocultación de los datos solicitados en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y su conducta "constitucionalmente prohibida" y "legalmente injustificada", caracterizada por una "falta de transparencia impropia de un Estado de Derecho", ya que los referidos datos "en absoluto comprometen la intimidad de los miembros de la comisión".

La sentencia igualmente declara la necesidad de un funcionamiento transparente de la administración educativa como "beneficio cierto y efectivo" necesario para que APIA pueda defender los intereses de sus asociados, todos ellos profesores de instituto.

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