La Audiencia Nacional tendrá que estudiar uno a uno los recursos de presos de ETA, si cae 'Parot'

Edificio de la Audiencia Nacional en Madrid.
Edificio de la Audiencia Nacional en Madrid.
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Edificio de la Audiencia Nacional en Madrid.

La Audiencia Nacional deberá estudiar una a una, y siempre que su defensa lo solicite, la situación procesal de los miembros de ETA que permanecen en prisión por aplicación de la denominada "doctrina Parot", que son en torno a sesenta, en el caso de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo tumbe este lunes su aplicación porque vulnera derechos fundamentales.

El tribunal europeo hará público este lunes a las 11.30 horas su dictamen en Estrasgurgo. Una hora más tarde, a las 12.30 horas, los ministros de Justicia e Interior de España, Jorge Fernández Díaz y Alberto Ruiz-Gallardón, comparecerán juntos en rueda de prensa para explicar el alcance de la resolución de Estrasburgo.

Las fuentes consultadas aseguran que se trataría en un principio de 61 etarras, 6 miembros de los GRAPO y otros 15 delincuentes con tres o más condenas, además de un preso condenado por su vinculación a los GAL y otro como miembro de la organización ejército guerrillero del pueblo gallego.

Así lo han señalado fuentes jurídicas que han indicado que, previsiblemente, el primero de estos recursos será avocado al Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia, que será la que adopte un criterio general al respecto.

En concreto, la sentencia que hará pública este lunes la Gran Sala del TEDH afecta únicamente a la miembro de ETA Inés del Río, si bien la doctrina que se adopte tendrá consecuencias, si sus representaciones legales así lo solicitan, respecto del resto de integrantes de la banda en la misma situación y de otros presos a los que se les ha aplicado, que son violadores reincidentes, asesinos en serie o narcotraficantes.

Del Río acudió en amparo al Tribunal Constitucional contra la aplicación en su caso de estas doctrina, que supone en la práctica una extensión de la condena al obligar a que la reducción de penas por beneficios penitenciarios (trabajo, estudios...) se aplique respecto de cada una de ellas individualmente y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión.

Fuentes del tribunal de garantías han señalado que la resolución que dicte este lunes el tribunal de Estrasburgo no supondrá ni una confirmación ni una revocación de ninguna resolución concreta de este tribunal, ya que si bien Del Río presentó ante este órgano recurso de amparo, después desistió del mismo para acudir directamente al TEDH.

El Tribunal Constitucional admitió en su día a trámite el recurso de esta miembro de ETA, si bien denegó su petición para que la aplicación de la "doctrina Parot" a su caso quedara en suspenso mientras resolvía sobre el fondo. La defensa decidió no esperar y acudió a Estrasburgo desistiendo de su petición de amparo, según las mismas fuentes.

Por esta razón, el Tribunal Constitucional no deberá hacer una aplicación directa de la resolución del TEDH al caso de Del Río, si bien se espera que, en los recursos que aún hay pendientes sobre este asunto referidos a otros miembros de ETA, se aplicará la doctrina que establezca el tribunal europeo de garantías desde el momento en el que la sentencia de la Gran Sala sea comunicada oficialmente a los servicios jurídicos del Estado.

Por lo que respecta al Supremo, fuentes de este órgano han señalado que existen actualmente seis recursos pendientes de resolución sobre la "doctrina Parot".

Precisamente el pasado viernes, el Tribunal Supremo hizo públicas dos sentencias relacionadas con la "doctrina Parot" en las que, aludiendo a los últimos argumentos del Tribunal Constitucional al respecto, que datan de 2012, en uno de los casos la "Parot" se confirma mientras que en el otro, el de Josu Ziganda, en libertad desde el pasado mes de mayo, se da el visto bueno a su excarcelación pese a la oposición de la Fiscalía.

Respecto a este último asunto, el alto tribunal valida la decisión adoptada por la Audiencia Nacional en el sentido de que la existencia de una propuesta de licenciamiento firme para el etarra Ziganda equivaldría a la generación de una "expectativa legítima" del penado acerca de su excarcelación, que no puede obviada sin vulnerar sus derechos constitucionales.

En el primero de los casos, sin embargo, se confirma la aplicación de la "doctrina Parot" para  Juan María Gabirondo Agote, que no saldrá de prisión hasta 2016, en base a la misma doctrina del TC, ya que no cuenta con resolución judicial "firme e intangible" de la que derivara un criterio de cómputo de redenciones de pena por trabajo distinto del aplicado.

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