TSJPV anula la inscripción de la colonia de Sukarrieta como Bien Cultural en el inventario del Patrimonio Cultura vasco

La sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha anulado la orden de 28 de marzo de 2011 del Departamento de Cultura del Gobierno vasco (BOPV núm. 78 de 26.4.11), por la que se inscribía la colonia infantil Nuestra Señora de Begoña, sita en Sukarrieta (Bizkaia), como bien cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, en el inventario General del Patrimonio Cultural Vasco.

La sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha anulado la orden de 28 de marzo de 2011 del Departamento de Cultura del Gobierno vasco (BOPV núm. 78 de 26.4.11), por la que se inscribía la colonia infantil Nuestra Señora de Begoña, sita en Sukarrieta (Bizkaia), como bien cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, en el inventario General del Patrimonio Cultural Vasco.

En sendas sentencias fechadas el 20 de febrero de 2013, el alto tribunal vasco estima así los recursos presentados por la Diputación foral de Bizkaia, por una parte, y por el Ayuntamiento de Sukarrieta, por otra. En el caso del Consistorio vizcaíno, éste también demandaba a Kutxabank, S.A., propietaria del inmueble y que "no se consideraba perjudicada por la calificación".

El TVCP anula la orden del Ejecutivo vasco, entonces en manos del PSE-EE, declara la caducidad del procedimiento y su archivo. Contra la misma cabe recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Supremo en el plazo de diez días, contados desde el día siguiente al de la notificación de su resolución.

En su recurso, la Diputación de Bizkaia invocaba la caducidad del procedimiento, —motivo por que el TSJPV ha admitido su demanda—, y alegaba que el Gobierno del lehendakari Patxi López utilizó el procedimiento de inscripción del bien, con el fin de "obstaculizar" el proyecto de ampliación en discontinuidad del Museo Guggenheim-Bilbao, en Urdaibai, siendo las colonias de Sukarrieta el área donde se pensaba desarrollar. En este sentido, apuntaba que era "la divergencia política y no el interés en la protección cultural" lo que causó la disposición recurrida.

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