La Audiencia Nacional obliga al juez Ruz a tomar declaración a la exnovia de Jordi Pujol hijo

  • La sala ha admitido el recurso de la Fiscalía Anticorrupción contra la decisión del juez Ruz de no investigar supuestos delitos.
  • María Victoria Álvarez denunció que Pujol Ferrusola, hijo del expresidente de la Generalitat, llevó grandes cantidades de dinero a Andorra.
El expresidente de la Generalitat de Cataluña Jordi Pujol, durante su participación en el seminario organizado por la Fundación Manuel Giménez Abad y el Konrad Adenauer Stiftung.
El expresidente de la Generalitat de Cataluña Jordi Pujol, durante su participación en el seminario organizado por la Fundación Manuel Giménez Abad y el Konrad Adenauer Stiftung.
EFE/Morell
El expresidente de la Generalitat de Cataluña Jordi Pujol, durante su participación en el seminario organizado por la Fundación Manuel Giménez Abad y el Konrad Adenauer Stiftung.

La sección tercera de la Audiencia Nacional ha obligado al juez instructor de este tribunal Pablo Ruz a tomar declaración a la expareja de Jordi Pujol Ferrusola, hijo del expresidente de la Generalitat catalana, por la posible existencia de cuentas en el extranjero a su nombre.

La sala ha admitido el recurso de la Fiscalía Anticorrupción contra la decisión de Ruz de no investigar supuestos delitos y derivar el asunto a los Juzgados de Plaza de Castilla, al no apreciar que fuera competencia de la Audiencia Nacional porque no quedaba clara "la comisión de actos que supongan la consumación de una actividad delictiva" fuera de España.

La sección explica, en cambio, que el juez Ruz debe tomar declaración a María Victoria Álvarez Martín, la mujer que denunció que Pujol Ferrusola llevó grandes cantidades de dinero en billetes de 500 euros a Andorra, sin perjuicio de que decida luego ordenar o no la práctica de más diligencias.

En el auto, la sala indica que los datos aportados por la mujer en su declaración ante la Policía "son significativos de obvias imputaciones delictivas a Pujol Ferrusola y a miembros de su familia", de modo que su versión ante el juez puede determinar que se proceda a continuar con las diligencias o archivarlas. Apunta que esto es así sin perjuicio de que los datos aportados por la mujer sean "escasos o no" y aunque por ahora no se sustenten en otros elementos fácticos que los corroboren.

La mujer habló ante la Policía de diversos viajes entre los años 2006 y 2008 a Andorra, Londres, México y Argentina. Sobre los viajes de México, se refirió a inversiones en la construcción de un hotel y negocios de gestión de casinos y, en cuanto a Londres, indicó que participó en una reunión como posible inversora de una empresa de telecomunicaciones.

Datos "manifiestamente insuficientes"

La sala recoge en el auto el criterio de la Fiscalía de que estos hechos "son representativos de datos o indicios que, de poder ser concretados o ampliados, permitirían una investigación penal por presuntos delitos de blanqueo de capitales y/o delitos contra la Hacienda Pública". Añade la sala que como no se ha practicado ninguna otra diligencia de investigación policial, por ahora hay que atenerse a la declaración de la mujer, que aporta "datos manifiestamente insuficientes e inconcretos" que la denunciante debe ratificar o ampliar ante el juez.

Por todo ello, la sección considera que "es imprescindible un inicial mínimo acto de instrucción judicial, cual es una declaración ratificadora y ampliatoria de la prestada en sede policial por Álvarez Martín que pueda eliminar el palmario carácter difuso de los hechos denunciados". Esta declaración, añade, la debe realizar Ruz, titular del juzgado central de instrucción 5, y a partir de ella decidir si sigue o no investigando la causa.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento