Finaliza el plazo para que los españoles que viven en el extranjero soliciten el voto por correo

  • Este plazo es válido tanto para los españoles que estén fuera de forma indefinida o de forma temporal.
  • Se les remitirá la documentación para votar antes del 8 de noviembre.
Urna electoral.
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Urna electoral.

Este sábado es el último día de plazo para que los españoles que se encuentren en el extranjero puedan solicitar la documentación para votar en las elecciones generales del 20 de noviembre.

Este plazo es válido tanto para los españoles residentes en el extranjero que estén registrados en el Censo de Residentes Ausentes (CERA) como para los que estén temporalmente ausentes y no vayan a estar en España el próximo 20 de noviembre.

Para solicitar el voto por correo, deberán cumplimentar y firmar el impreso de solicitud remitido por la Oficina del Censo Electoral y acompañarlo de fotocopia de uno de los siguientes documentos: DNI, pasaporte, certificado de nacionalidad o certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.

Todo ello deberá ser remitido a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral de la provincia en cuyo censo esté inscrito en España, que le remitirá la documentación para votar antes del 8 de noviembre.

El calendario electoral fija además para este domingo el plazo para notificar las sentencias por las rectificaciones del censo electoral, y el de subsanación de las irregularidades detectadas por las juntas electorales provinciales en las candidaturas.

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