Un dirigente de CCOO-A critica que Alaya tuviera "redactado" el auto de la fianza antes de la declaración

El actual secretario general de la Federación de Industria de CCOO-A, Enrique Manuel Jiménez, ha recurrido la fianza de responsabilidad civil de 593.306,96 euros que le impuso la juez que investiga los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos por "falta de objetividad", ya que entiende que el auto "estaba ideado y redactado, en los fundamental", antes de que el imputado prestase declaración en sede judicial.

El actual secretario general de la Federación de Industria de CCOO-A, Enrique Manuel Jiménez, ha recurrido la fianza de responsabilidad civil de 593.306,96 euros que le impuso la juez que investiga los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos por "falta de objetividad", ya que entiende que el auto "estaba ideado y redactado, en los fundamental", antes de que el imputado prestase declaración en sede judicial.

En el recurso elevado al Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado del dirigente de CCOO-A solicita la nulidad del auto por vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva, pues del contenido del auto "puede deducirse que estaba ideado y redactado, en los fundamental —hechos y fundamentación jurídica— previamente a que declarara ante la juzgadora".

A su juicio, el "contenido fáctico" del auto también "estaba concebido en iguales términos para mi defendido" y para el secretario general de la Federación de Industria de CCOO en Sevilla, Juan Antonio Caravaca, señalando que la juez dictó la resolución judicial "teniendo en cuenta no la posible declaración que pudieran realizar en sede judicial —o que pudieran acogerse al derecho a no declarar, como ocurrió con Caravaca—, sino las declaraciones efectuadas" ante la Guardia Civil.

Por todo ello, el letrado asevera que "existe una falta de objetividad en el auto, al tener preconcebida su redacción antes de las declaraciones", por lo que entiende que el auto "estaba previsto inicialmente", una conclusión "a la que se llega tras el estudio de la redacción del mismo y de la lectura de la imputación" realizada a ambos imputados.

El letrado hace referencia igualmente a la "inexistencia" de indicios de criminalidad contra su patrocinado y critica que el auto de la juez "obvia el derecho laboral o deja traslucir un desconocimiento del mismo, concretamente de cuál es la labor sindical, entre cuyas funciones se encuentra la negociación y defensa de los derechos de los trabajadores, pudiendo estar durante años en las negociaciones y conflictos de empresas en crisis".

En el caso de Calderinox, donde se detectó la inclusión de dos 'intrusos', dice que "se trataba de una empresa cuya situación económica llevó a la declaración de 'concurso de acreedores' y a la extinción de los contratos de trabajo por un juzgado".

La imputación

La juez imputó a Enrique Manuel Jiménez en su comparecencia del pasado día 24 de octubre tres delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación y tráfico de influencias, pero el abogado lo rechaza señalando, respecto al primer delito, su "carácter genérico y falta de concreción", mientras que en los otros dos delitos "no se dan los elementos ni objetivos ni subjetivos del tipo penal".

En el auto donde le impuso la fianza de responsabilidad civil, la juez aseveró que, a raíz de la declaración judicial del imputado, "se ha puesto de manifiesto su participación activa" en la concesión de ayudas del expediente de Calderinox.

Así, "sería partícipe" a través de su cargo de las reuniones, conversaciones y gestiones que llevaron a los compromisos verbales de aplicación de ayudas sociolaborales a los trabajadores de Calderinox, medidas que consistían, "por una parte, en una percepción económica, debido a que se adeudaban nóminas, y por otra parte en un plan de jubilación para los trabajadores de mayor edad".

DOS 'INTRUSOS'

Estos compromisos, según la juez, "fueron adquiridos" por el entonces delegado provincial de Empleo en Sevilla, Antonio Rivas, y por el director general de Trabajo en esa fecha, Francisco Javier Guerrero, a lo que se suma que el dirigente de CCOO-A "insistió" al posterior director de Trabajo, Juan Márquez, "para que las ayudas sociolaborales prometidas se ejecutaran".

Añade que, el 29 de diciembre de 2009, la Federación de Industria de CCOO-A, en la persona del imputado, aceptó la concesión de una ayuda sociolaboral de 898.571,56 euros "supuestamente a favor" de nueve extrabajadores de Calderinox, formalizándose una póliza "a la que se añadieron dos suplementos para incluir a dos 'intrusos', como son Juan Rodríguez Cordobés y Antonio Fernández Garzón, quienes "nunca habían trabajado" en la empresa.

La juez asevera que la inclusión de estos dos 'intrusos' en la póliza, que supuso un coste de 208.901,81 euros, "era perfectamente conocida" por el imputado, quien aportó una carta de 21 de diciembre de 2009 dirigida a Juan Márquez "donde se hace referencia a un acuerdo con la Delegación Provincial de Empleo de Sevilla para la inclusión" de uno de los 'intrusos' "pese a saber que éste no había trabajado nunca en Calderinox".

El imputado "fue conocedor y participó en las negociaciones referentes a la ayuda excepcional y a la ayuda sociolaboral concedidas a esta empresa, que fueron tramitadas y concedidas prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido en el marco normativo aplicable", concluyó la instructora.

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