Así son los dos artículos de la normativa UEFA que pueden dejar al Barça fuera de las competiciones europeas

La UEFA tiene capacidad de tomar medidas basándose en lo estipulado en los artículos 4.2 y 4.3.
La UEFA tiene capacidad de tomar medidas basándose en lo estipulado en los artículos 4.2 y 4.3.
Carlos Gámez
La UEFA tiene capacidad de tomar medidas basándose en lo estipulado en los artículos 4.2 y 4.3.

El 'caso Negreira' sobrepasó las fronteras nacionales este jueves, cuando el anuncio de la UEFA de la apertura de un expediente y una investigación al Barça inauguró una nueva etapa en la que las consecuencias pueden ser drásticas para el club. Y es que el máximo organismo del fútbol europeo cuenta con una férrea normativa, estipulada en los artículos 50.3 de sus estatutos y en los  4.02 y 4.03 de su reglamento de la UEFA Champions League, que puede acabar con la participación de los blaugrana en competiciones europeas.

En Suiza -donde posee su sede la UEFA- las normas respecto al amaño de partidos son muy claras. Así lo estipula en el artículo 50. 3 de sus estatutos, correspondiente a al apartado de 'Regulaciones de la Competición': "La admisión a una competición de la UEFA de una Asociación Miembro o club involucrado directa o indirectamente en cualquier actividad encaminada a organizar o influir en el resultado de un partido a nivel nacional o nivel internacional puede ser denegada con efecto inmediato, sin perjuicio de las posibles medidas disciplinarias", señala.

Este punto de la normativa no deja lugar a dudas, por lo que, siguiendo estrictamente su contenido, el Barça podría quedar fuera de las competiciones europeas, presumiblemente la Champions League, competición que aún no tiene asegurada matemáticamente pese a su primera posición en liga, pero sí virtualmente.

A su vez, la UEFA especifica el procedimiento a seguir en los artículos 4.02 y 4.03 del título "Regulaciones de la UEFA Champions League":

El artículo 4.02, sobre violaciones del 50.3

"Si, sobre la base de todas las circunstancias fácticas y la información disponible para la UEFA, la UEFA concluye a su entera satisfacción que un club ha estado involucrado directa y/o indirectamente, desde la entrada en vigor del Artículo 50(3) de los Estatutos de la UEFA, es decir, 27 de abril de 2007, en cualquier actividad destinada a organizar o influir en el resultado de un partido a nivel nacional o internacional, la UEFA declarará a dicho club inelegible para participar en la competición", determina en primera instancia el artículo.

"Tal inelegibilidad es efectiva solo por una temporada de fútbol. Al tomar su decisión, la UEFA puede basarse en la decisión de un organismo deportivo nacional o internacional, un tribunal arbitral o un tribunal estatal, pero no está obligada a ello. La UEFA puede abstenerse de declarar a un club inelegible para participar en la competición si la UEFA está convencida de que el impacto de una decisión tomada en relación con las mismas circunstancias fácticas por un organismo deportivo nacional o internacional, un tribunal arbitral o un tribunal estatal ya ha surtido efecto, de impedir que ese club participe en una competición de clubes de la UEFA", una apreciación que pone las medidas en manos del organismo.

Los Órganos de Administración de Justicia de la UEFA pueden, si las circunstancias lo justifican, también tomar medidas disciplinarias

El artículo 4.03, sobre medidas disciplinarias

"Además de la medida administrativa de declarar a un club inelegible según lo dispuesto en el Párrafo 4.02, los Órganos de Administración de Justicia de la UEFA pueden, si las circunstancias lo justifican, también tomar medidas disciplinarias de acuerdo con el Reglamento Disciplinario de la UEFA", matiza un artículo que da pie a más castigos para el club blaugrana si se confirma el presunto caso de corrupción arbitral.

La decisión se produciría a partir de mayo

Si se demuestran los hechos investigados -soborno, corrupción, fraude y amaño de partidos-, que no prescriben para la UEFA como si pasa en España, el máximo organismo del fútbol europeo deberá decidir si el Barça puede participar o no en la edición 2023/24 de la Champions, resolución que no podrá determinar hasta el fin de esta edición, a finales de mayo.

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