Apelación descarta los argumentos del Barça y confirma su eliminación de la Copa de la Reina

Geyse da Silva Ferreira, durante un partido con el Barça
Geyse da Silva Ferreira, durante un partido con el Barça
Marc Graupera Aloma
Geyse da Silva Ferreira, durante un partido con el Barça

Se acabó la Copa de la Reina para el FC Barcelona femenino. El Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) confirmó este jueves la resolución del Comité de Competición y mantiene su eliminación de la competición eliminatoria por alineación indebida de su jugadora Geyse Ferreira, que acarreaba sanción de la campaña anterior con el Madrid CFF.

Apelación desmontó los argumentos presentados por el FC Barcelona en su recurso, donde pedía la nulidad de la resolución del juez de Competición por "defectos formales", argumentaba que no existía la alineación indebida y pedía la suspensión cautelar del sorteo de cuartos de la Copa de la Reina, tras ganar 0-9 a Osasuna en el duelo en que jugó Geyse Ferreira.

"Resulta claro a juicio de este Comité de Apelación que no existen irregularidades formales en el expediente ni, aun cuando existiesen, el acto carecería de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o de lugar a indefensión", argumentó Apelación.

Según el Comité de Apelación y previamente el Comité de Competición, la sanción de Geyse Ferreira fue publicada correctamente en varios formatos y medios (resolución de Competición, programa Fénix o certificado informático de la RFEF, por ejemplo) y el Barça Femení debía saber que no podía utilizar a la jugadora en su primer partido de la Copa de la Reina de esta temporada.

La sanción de Geyse Ferreira fue publicada correctamente en varios formatos y medios y el Barça Femení debía saber que no podía utilizar a la jugadora

Por todo ello, el Comité de Apelación desestima "íntegramente" el recurso formulado por el FC Barcelona contra la resolución del Juez de Competición de 24 de enero de 2023. Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte en el plazo máximo de quince días hábiles.

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