El Gobierno impulsará una ley de fundaciones para dar mayor seguridad jurídica y transparencia a su gestión

  • SANTANDER, 28 (EUROPA PRESS)
Rafael de la Sierra
Rafael de la Sierra
GOBIERNO DE CANTABRIA
Rafael de la Sierra

El Gobierno regional ha decidido impulsar una ley de fundaciones para Cantabria, una nueva normativa con la que se mejorará la transparencia y seguridad jurídica en la gestión de estas organizaciones.

Así lo ha indicado el consejero de Presidencia y Justicia, Rafael de la Sierra, quien ha anunciado que el texto del anteproyecto de Ley saldrá a información pública este lunes, 29 de enero, tras lo cual se abrirá un periodo para la presentación de alegaciones.

Con esta normativa, el Ejecutivo quiere potenciar el funcionamiento de las fundaciones, cumplir las actuales demandas de publicidad, transparencia y simplificación de trámites y "evitar lagunas interpretativas". La nueva regulación será de aplicación a las 243 fundaciones registradas actualmente en Cantabria.

De la Sierra ha detallado que con ella se acabará con la "dispersión normativa existente" y se elevará a rango de ley la norma que regula la actividad fundacional en Cantabria, actualmente regulada por un decreto de 1997.

También se ha aprovechado para adaptar su funcionamiento a la concepción normativa en el país y en otras comunidades autónomas españolas, incorporando la regulación más novedosa y las mejores experiencias legales de otros territorios.

De hecho, el primer borrador del anteproyecto cántabro recoge muchas de las propuestas del anteproyecto de ley nacional que se impulsó en 2014 y lo ya establecido en las normas autonómicas de País Vasco, Andalucía y Galicia, ha informado el Gobierno regional en nota de prensa.

Entre otras mejoras legales, destaca la introducción de la necesidad de que las fundaciones cuenten con los medios materiales y personales adecuados, así como una organización suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines estatuarios. Una mención incluida para hacer frente a los problemas que se detectan en la práctica diaria de entidades que se extinguen al poco tiempo por falta de medios para financiarse.

PUBLICIDAD DE LAS CUENTAS Y SUBVENCIONES

Para mejorar la transparencia de las fundaciones, la ley obligará a todas las fundaciones a disponer de una página web, en la que estará publicado el plan de actuación aprobado; las cuentas anuales; informes de auditoría, en su caso, junto a la identidad de los cargos del patronato y de los ejecutivos.

También, deberán publicarse las subvenciones y ayudas públicas percibidas por la fundación, con indicación de su importe, objetivo y beneficiario. Las cuentas debidamente aprobadas deberán presentarse para su depósito ante el registro de fundaciones, dependiente de la Consejería de Presidencia del Gobierno de Cantabria.

Se prevén una serie de consecuencias jurídicas en caso de incumplimiento para las fundaciones, como el cierre registral y la no emisión de certificados por parte del Registro de Fundaciones.

Incluso, solo las fundaciones que cumplan con esta exigencia legal de presentar sus cuentas podrán percibir subvenciones y ayudas públicas.

Con el fin de evitar la utilización instrumental de la figura jurídica de la fundación para el desarrollo de actividades que no guarden los fines fundacionales, se clarifican las actividades que son propias respecto a las mercantiles que se pueden realizar como forma de financiación de la entidad.

Por otro lado, se regula la contratación de personas o entidades vinculadas a la fundación, superando las lagunas existentes en los supuestos de darse conflicto de intereses.

FACILITAR SU FUNCIONAMIENTO

La norma de Cantabria va a permitir además el desbloqueo en el funcionamiento del patronato cuando no es posible la cobertura de las vacantes de acuerdo con los estatutos de la fundación.

Por primera vez, una ley cántabra regulará los derechos y deberes de los patronos y se facilitará la adopción de acuerdos en el seno de las fundaciones al introducir la posibilidad de reunirse por videoconferencia u otros medios de comunicación.

Otra de las cuestiones relevantes es la simplificación de los trámites administrativos. La nueva ley elimina la necesidad de presentar determinados documentos, como son autorizaciones previas para determinados actos por una declaración responsable.

Con ello, se quiere evitar posibles dilaciones en la gestión del patronato, sin que ello suponga la eliminación del control del protectorado.

Se reducen los trámites en el caso de que se modifiquen los estatutos, eliminado la necesidad de aprobación de protectorado, salvo que se cambien fines establecidos por las personas fundadoras.

La futura Ley de Fundaciones de Cantabria aclara los actos sujetos a inscripción y los documentos que deben ser objeto de depósito y se clarifican diversos aspectos para evitar problemas interpretativos dada la dispersión normativa actual.

Para facilitar la supervisión de la actividad fundacional y conocer el número de fundaciones inscritas pero que no están activas, se recoge como causa de extinción de una determinada entidad incumplir la obligación de presentar las cuentas anuales en los seis últimos ejercicios.

Por último, se añaden y clarifican cuestiones importantes como el contenido mínimo de los estatutos, las causas de extinción y el destino de los bienes y derechos de la liquidación.

También se clarifica la obligación de que la dotación permanezca en el patrimonio de la fundación, los requisitos que deben cumplir los nombramientos de patronos y se introducen mejoras en el funcionamiento del patronato.

243 FUNDACIONES

La Consejería de Presidencia de Cantabria tiene registradas actualmente 243 fundaciones en la Comunidad Autónoma, la gran mayoría de ellas constituidas para fines docentes. Un total de 113 surgieron con el propósito de atender las necesidades de educación.

Otras 87 fundaciones que realizan su actividad en Cantabria son asistenciales, dedicadas a prestar servicios a determinados colectivos sociales, como ancianos, niños, drogodependientes o personas con discapacidad.

Además, existen 11 fundaciones culturales, cuatro laborales y otras 28 están clasificadas como 'otras fundaciones' en el Registro de la Consejería de Presidencia y Justicia.

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