Aprobado el pliego del nuevo Plan General de Santa Cruz de Tenerife

  • El Consejo Rector de Urbanismo, presidido por la concejal del área, Zaida González, aprobó este viernes el pliego de cláusulas administrativas del acuerdo marco para la elaboración del nuevo Plan General de Ordenación (PGO) de Santa Cruz de Tenerife, tras la anulación del planeamiento vigente dictada en julio por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias y en vía de recurso por parte del Ayuntamiento ante el Tribunal Supremo.
Consejo Rector de Urbanismo
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CEDIDA
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Zaida González manifestó que "con independencia de cómo se resuelva el recurso de amparo ante el Supremo, desde Urbanismo se lleva trabajando varios meses para corregir los déficit que presentaba el planeamiento vigente, a los que ahora se suman nuevas modificaciones para adecuar el plan a las observaciones del Tribunal Superior de Justicia".

En esa línea, señaló que "el objetivo es que Santa Cruz disponga de un Plan urbanístico integral y ajustado a la legalidad a la mayor brevedad que disipe cualquier duda o incertidumbre para todos los actores, públicos y privados, que interactúan en el planeamiento municipal, y creo que se va a conseguir".

El pliego de cláusulas establece un periodo máximo de 2 años para su ejecución y un importe máximo de 2 millones de euros.

Las empresas interesadas en concurrir a este acuerdo marco dispondrán de 15 días hábiles para presentar ofertas desde su publicación formal en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

Zaida González advirtió de que "si bien el acuerdo marco se saca a concurso, la dirección y tutela del procedimiento a seguir correrá a cargo de la Gerencia de Urbanismo que, lógicamente, velará en todo momento por el cumplimiento estricto del interés general, que es lo mismo que decir, el interés de Santa Cruz".

OBJETO Y CONDICIONES

El objetivo central del acuerdo marco es la redacción del nuevo Plan General de Ordenación y de los planes parciales asociados, así como los proyectos de urbanización y de equidistribución (compensación de los beneficios y de las cargas incluidas en una misma unidad de planeamiento).

El pliego fija igualmente la composición que deben reunir cada uno de los equipos encargados de cada uno de los proyectos incluidos en el acuerdo marco, composición en todos los casos multidisciplinar, con presencia, entre otros, de arquitectos, delineantes, ingenieros, economistas, abogados, geógrafos y biólogos, informáticos, topógrafos.

La participación pública en la elaboración del documento será la legalmente establecida, sin perjuicio de que se opte por ampliar justificadamente los plazos y periodos de participación, en la medida de que esta pretenda enriquecer el documento y no entorpecer o dilatar su desarrollo.

Cada periodo de participación pública vendrá acompañado de una memoria del proceso y una propuesta de resolución que deberá ser refrendada por la Gerencia de Urbanismo o el órgano municipal que legalmente proceda.

TEMPLO MASÓNICO

El Consejo Rector de Urbanismo acordó igualmente el desistimiento del procedimiento de licitación del contrato para la redacción del proyecto de restauración del templo masónico de Santa Cruz de Tenerife, debido a los vicios de nulidad que concurren por haberse infringido el principio de igualdad en la valoración de las ofertas presentadas.

Como consecuencia de esta decisión, el Consejo Rector insta a la redacción de unos nuevos pliegos de cláusulas administrativas que permitan iniciar un nuevo procedimiento de licitación por parte del Ayuntamiento y no del área de Urbanismo, que da por concluida la encomienda de gestión que con este fin autorizó la Junta de Gobierno en abril de 2015.

González explicó al término del Consejo que "la decisión de desistir de proseguir con la licitación obedece a una discrepancia sustancial entre la Mesa de Contratación y el Comité de Expertos en el cumplimiento del pliego de cláusulas administrativas que podría desembocar en una resolución nula de pleno Derecho".

"Entendemos que ante ese riesgo objetivo, lo suyo es reiniciar el procedimiento de licitación en condiciones de plena seguridad jurídica, evitando cualquier vicio de nulidad, dando por cerrado el procedimiento seguido hasta el momento y dando por cerrada la encomienda que en su día se hizo a la Gerencia de Urbanismo", argumentó.

González recordó que la responsabilidad del Ayuntamiento "es que el proyecto de rehabilitación del templo masónico se haga con todas las garantías legales y procedimentales y siempre será mejor parar ahora y reiniciar el proceso, que proseguir con el riesgo cierto de que en el futuro la Justicia anule todo lo que se ha hecho".

La discrepancia que ha motivado esta decisión se centra en la valoración que realizó el Comité técnico de Expertos de las ofertas presentadas que, a juicio de la Mesa de Contratación, dependiente de la Gerencia de Urbanismo, no se ajustó a lo establecido en las cláusulas administrativas.

En particular, la Mesa de Contratación detecta tres deficiencias en el proceso de valoración del Comité técnico.

En primer lugar, la extensión de las memorias presentadas por las empresas licitadoras no se ajusta en todos los casos a las condiciones preestablecidas, y en segundo lugar, se observa que el Comité no reúne el perfil técnico preciso para realizar la evaluación estructural y constructiva que exigen los pliegos.

Asimismo, la Mesa considera que el comité no ha realizado debidamente la valoración de los equipos de trabajo de los licitadores.

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