El juez adopta esta decisión al considerar a Javier M.H. como posible autor de un delito de lesión de menor gravedad, golpeo o maltrato de obra sin causar lesión, un delito de amenazas de carácter leve, un delito de injurias de carácter leve y un delito de violencia física y psíquica habitual.
En su resolución el magistrado ordena también que el hombre recoja sus enseres personales de la casa familiar acompañado por la Policía y establece el régimen de visitas, la pensión de alimentos y la de gastos
extraordinarios.
El juez adopta esta decisión como medidas de protección a la víctima y al considerar indiciariamente acreditada su carácter agresivo y violento hacia su pareja máxime cuando los hechos ocurren con cierta habitualidad.
Entiende el juez que la víctima presenta prueba de cargo bastante para como para entender que "de forma habitual, constante, gratuita e
injustificada, vejó, humilló, golpeó, amenazó e injurió" a su pareja.
La orden de alejamiento prohíbe al hombre acercarse a la mujer a menos de 100 metros, así como al domicilio, lugares de trabajo, e incluso en lugares que frecuente. Le prohíbe también la posibilidad de comunicarse con ella por cualquier medio mientras duren las presentes actuaciones.
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