Condenado a un año de cárcel un motorista que mató a una mujer e hirió a 16 personas al arrollar una terraza en València

  • El Juzgado de lo Penal número uno de València ha condenado a un 15 meses de cárcel a un motorista que el 29 de junio de 2015 mató a una mujer de 72 años e hirió a 16 personas que estaban en una terraza de la avenida Burjassot de la ciudad, a las que arrolló al perder el control de su vehículo por circular a velocidad excesiva.
Ciudad de la Justicia de València
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EUROPA PRESS
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Además, el juzgado, que le condena por homicidio por imprudencia grave, un delito de lesiones menos graves y ocho delitos de lesiones menos graves, le impone dos años de prohibición de conducir vehículos a motos y 8.640 euros de multa. El resto de heridos renunciaron a la acción penal, con reserva de las acciones civiles. Como responsabilidad civil, deberá indemnizar con 23.726 euros a cada uno de los cuatro hijos de la fallecida, 5.345 a otros de los heridos y al resto con lo que se establezca en ejecución de sentencia.

Fiscal y acusaciones particulares pedían hasta cuatro años de cárcel para el acusado, de 30 años, y que había comprado pocos meses antes del accidente la motocicleta de 705 cc con la que arrolló a los afectados.

El juzgado llega a la conclusión, de acuerdo con las periciales y las testificales expuestas en el juicio, que el conductor circulaba como mínimo a una velocidad de 78,4 kilómetros por hora por la avenida Burjassot en un tramo limitado a 30.

En un momento determinado, al hacer un vehículo estacionado a la izquierda una maniobra para incorporarse a la circulación, el motorista realizó un giro a la derecha, perdió el control del volante, frenó de forma brusca, lo que le bloqueó la rueda trasera y se desestabilizó la moto, que acabó cayendo junto con él al suelo.

El vehículo, por la fuerza de la inercia, se desplazó por la calzada, chocó contra el bordillo y un bolardo, invadió una zona peatonal donde estaba la terraza y arrolló a los clientes que estaban allí sentados.

El juzgado concluye que el acusado circulaba a una velocidad muy superior a la permitida y que omitió una de las más elementales normas de circulación, lo que conllevaba "un evidente riesgo para los usuarios de la vía". De hecho, recoge los testimonios de varias personas que reprocharon su velocidad en el trayecto antes del siniestro, una de las cuales, se echó las manos a la cabeza como "en un gesto de 'está loco'".

Sin embargo, considera que, además de la velocidad, "no se advierte la concurrencia de otros elementos relevantes para calificar de temeraria la conducción", ni que la maniobra evasiva no se hiciera correctamente por una falta de pericia. Tampoco dio positivo en pruebas de alcoholemia ni consta consumo de estupefacientes ni hay indicios de maniobras irregulares continuadas o distintas a la que dio lugar el accidente.

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