La causa de Jessica que ha sentado precedente a la hora de poder echar a embarazadas con un ERE

Embarazada.
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Embarazada.

La causa de Jessica P. G., una mujer de Mataró que fue despedida en noviembre de 2013, estando embarazada, de su trabajo en una oficina de Bankia en Mataró (Barcelona) dentro de un expediente de regulación de empleo (ERE), ha trascendido su propia realidad y ha sentado precedente europeo para millones de mujeres trabajadoras.

El pasado jueves, la justicia europea dio la razón a los abogados de Bankia y dictó que su despido no violó la legislación comunitaria y fue procedente. Para su abogado, Antoni Vilà, de Gómez Arias Advocats Associats S.L.P, el caso de Jessica "abre la puerta a que las empresas despidan a mujeres gestantes por motivos económicos", lo que a su juicio, "afecta a la igualdad de la mujer y limita sus derechos laborales".

"Golpe" a los derechos de las trabajadoras

"Esta sentencia es grave porque perjudica a los derechos de las trabajadoras en general", remarca el letrado, quién añade que el propio abogado del Estado, que intervino en la causa, "defendió el criterio de la empresa". También se posicionaron de parte de Bankia los sindicatos CCOO y UGT, lo que para Vilà es, cuanto menos, sorprendente, teniendo en cuenta la persistente "lucha por los derechos de la mujer" de la que suelen hacer gala estas instituciones.

La tesis que sotuvo la defensa de Jessica, y que no ha sido finalmente tenida en cuenta por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, es que "las personas con algún tipo de minusvalía tienen derechos de preferencia y una mejor protección en despidos colectivos" y que, en comparación, las embarazadas quedan en una situación de "desigualdad" que debería tenerse en cuenta. Este criterio fue desestimado.

La Abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, Eleanor Sharpston, afirmó el pasado mes de septiembre que el despido de una trabajadora embarazada, en el marco de un despido colectivo, solo puede producirse en casos excepcionales no inherentes al embarazo, y siempre que en la práctica no haya posibilidad de recolocarla en otro puesto de trabajo adecuado. Y que un ERE no es de por sí un "caso excepcional".

La sentencia final del tribunal europeo añade que si se procede a despedir a una embarazada dentro de un ERE, a parte de las razones de índole económica, se ha de justificar y comunicar a la empleada que no podrá ser reubicada en ningún otro puesto de trabajo dentro de la compañía.

Desprotección más allá de la gestación

Para Vilà, otro hecho preocupante de esta sentencia es la no protección laboral de la mujer ante un despido ya no solo durante la gestación sino ya en la concepción y "en los primeros nueve meses tras el parto".

Jessica no será readmitida

Jessica se muestra, según su letrado, "contenta" a pesar del fallo europeo por "haber luchado hasta el final", y aunque la sentencia no le concede el derecho a ser readmitida en su puesto de trabajo, su demanda. Ello la aboca a una situación complicada como madre de tres hijos "con obligaciones" familiares. Desde 2013 hasta ahora ha ido encadenando trabajos temporales.

La mujer presentó, tras ser rescindido su contrato, una demanda ante el juzgado de lo social número 1 de Mataró, impugnando su despido. Este juzgado resolvió a favor de Bankia por lo que Jessica recurrió la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), el cual solicitó al Tribunal de Justicia de la UE que interpretara la prohibición de despido de trabajadoras embarazadas. El pasado jueves se conoció su pronunciamiento.

Ahora, la lucha de Jessica queda a la espera de la sentencia que dicte el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que "probablemente se pronunciará en el mismo sentido que Europa", indica Vilà.

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