Lo hizo careciendo de licencia e ignorando el riesgo local de incendio, ya que había una situación de prealerta. El juez da por probado además que no adoptó ninguna medida de seguridad para evitar la propagación y se ausentó del lugar.
El fuego se extendió y fue detectado a las 19.32 hora de aquel 13 de mayo hasta que fue extinguido por Bomberos del Parque de San Martín del Rey Aurelio a las 21.23 horas. Afectó a una superficie de 0,33 hectáreas de matorral de helecho, tojo y zarza, y ejemplares aislados de abedul y sauce en regeneración. El incendio afectó además a la parcela colindante. La sentencia, de un juzgado de Siero, puede ser apelada.
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