El jurado considera culpable de homicidio al acusado de matar y quemar a una mujer en Parque Amate

  • SEVILLA, 25 (EUROPA PRESS)
A disposición judicial el detenido por el crimen de una mujer en Parque Amate
A disposición judicial el detenido por el crimen de una mujer en Parque Amate
EUROPA PRESS - Archivo
A disposición judicial el detenido por el crimen de una mujer en Parque Amate

El jurado popular ha considerado por unanimidad culpable a Miguel Ángel F.D. de homicidio por matar a una mujer el 27 de julio de 2017 en el Parque Amate de Sevilla, después de que ésta se negara a mantener relaciones sexuales con el acusado, quien posteriormente quemó el cuerpo de la víctima para ocultar cualquier vestigio biológico.

Así lo ha señalado el jurado popular, que juzga a Miguel Ángel F.D. desde este pasado lunes en la Audiencia Provincial de Sevilla, en el veredicto emitido minutos antes de las 18,00 horas de este viernes. En concreto, por unanimidad, el jurado ha considerado probado que el acusado, nacido en Badajoz en septiembre de 1978, sobre las 00,15 horas del día 27 de julio de 2017, se encontró con la fallecida en un punto de venta de droga de la calle Gaviota "y ambos convinieron mantener relaciones sexuales" en el interior del Parque Amate, "pactando que el acusado le invitaría a consumir sustancias estupefacientes y le pagaría además 20 euros".

Ambos accedieron al parque y "esperaron a que cerrara al público", tras lo que "se sentaron en una zona oculta" y consumieron droga, entregándole el acusado 20 euros que la víctima guardó en su bolso. Al llegar el momento de mantener relaciones sexuales, ambos efectuaron tocamientos mutuos y la fallecida se quitó el pantalón pero no el body que llevaba abrochado, "por lo que se inició una fuerte discusión entre ambos al interpretar el acusado que pretendía engañarle".

Igualmente, el jurado ha considerado probado que la víctima se vistió e intentó marcharse del lugar, pero el investigado "se lo impidió" y, "con evidente ánimo de mantener las relaciones sexuales por las que había pagado, "la golpeó y retuvo". "La agarró con su brazo por detrás del cuello, apretando hasta que la hizo caer al suelo", de forma que la mujer quedó tumbada boca arriba, "momento en que el acusado, sentado a horcajadas sobre ella, siguió apretándole fuertemente el cuello con una mano y con otra la inmovilizaba" hasta que la fallecida "dejó de respirar".

Por su parte, el jurado ha considerado no probado que el acusado "al verla inmóvil" trató de mantener relaciones sexuales pesando que estaba viva, pero al percatarse que había fallecido, desistió. Sí ha visto probado que el acusado cogió los 20 euros del bolso de la víctima y se marchó a comprar otra dosis.

CON INTENCIÓN DE OCULTAR PRUEBAS QUEMÓ EL CADÁVER

Igualmente, los miembros del jurado, todos mujeres menos un hombre, han considerado probado que el acusado regresó al parque y consumió la droga junto al cadáver, permaneciendo en el lugar hasta casi el amanecer. Posteriormente, con intención de ocultar cualquier vestigio biológico", cogió una manta que habían usado y le prendió fuego con un mechero, quemando así el cadáver de la mujer, tras lo que el investigado se marchó del lugar de los hechos, llevándose consigo la mochila propiedad de la víctima con efectos personales y se deshizo de la misma arrojándola a un contenedor.

Igualmente, el jurado ha considerado probado que el acusado sabía que era probable que los golpes y fuerza con la que actuó contra la víctima podía acabar con su vida (dolo eventual", así como que la agresión provocó erosiones y lesiones en la cara y el cuello de la mujer.

NO TENÍA MERMADA SUS FACULTADES POR LA DROGA

Por contra, no ven probado que el acusado tuviera mermada o afectadas sus facultades cognitiva y volitivas por el consumo de sustancias tóxicas en el momento de los hechos, así como colaborara desde el principio con los agentes de la Policía Nacional encargados de la investigación.

En este sentido, cabe recordar que Miguel Ángel F.D. fue detenido el 2 de septiembre de 2017 como presunto autor de una agresión sexual contra una joven el 28 de agosto en el Parque de Tamarguillo, siendo a raíz de esta detención cuando se le vinculó con los hechos del Parque Amate.

El jurado, de otro lado, ha considerado probado por unanimidad la circunstancia modificativa de la responsabilidad penal agravante de reincidencia, pues el acusado fue condenado a nueve años y seis meses de cárcel en 2006 por la Audiencia de Mérida por una agresión sexual.

Por todo ello, el jurado, que se ha mostrado desfavorable a que se recoja en la sentencia la posibilidad del indulto para el acusado, considera por unanimidad a Miguel Ángel F.D. culpable de agredir a la víctima, tras oponerse a mantener relaciones sexuales con él, así como culpable de acabar con su vida a sabiendas de que los golpes podían causar la muerte de la mujer.

Tras la lectura del veredicto, el tribunal, presidido por el magistrado Juan Romeo, ha preguntado a las partes por sus peticiones de pena. Atendiendo al veredicto y manteniendo las modificaciones incluidas en sus conclusiones elevadas a definitivas, la Fiscalía ha pedido 14 años de prisión por concurso medial de delitos de homicidio y agresión sexual en grado de tentativa, con agravante de reincidencia.

La fiscal explicó entonces que retiraba la acusación por el delito de profanación de cadáveres al no mediar un "ultraje" como tal a la "memoria" de la víctima, unificando las dos acusaciones principales en un concurso medial de delitos de homicidio y agresión sexual en grado de tentativa con la agravante de reincidencia. Además, mantiene que el condenado indemnice con 80.200 euros al hijo de la fallecida y con otros 80.200 euros a los padres de la víctima, nacida en 1978 y natural de Sevilla.

Por su parte, tras la lectura del veredicto, la defensa de Miguel Ángel F.D., que ejerce el abogado Miguel Rivera, ha mostrado su "disconformidad" con la decisión del jurado, "renunciando a realizar petición" de pena, anunciando a los medios de comunicación que presentará recurso al fallo.

En su informe final, el letrado de la defensa descartó que los hechos impliquen un delito de agresión sexual en grado de tentativa, porque el acusado "desistió voluntariamente" de consumar el acto sexual tras reducir a la mujer y comprobar que la misma había muerto, algo que el jurado considera no probado.

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