La compañía ha informado que ha reubicado a la mitad de los pasajeros en vuelos de días anteriores o posteriores, hecho que no le exime de su obligación de indemnizarlos, como así establece la normativa europea.
Así, el artículo 7 del Reglamento Europeo 261/2004 recoge que "los pasajeros recibirán una compensación por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para los intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás entre 1.500 y 3.500, y 600 euros para el resto de vuelos".
Para estas indemnizaciones, el artículo 5 de esta norma establece unas excepciones cuando se informe a los afectados con "al menos con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista", y cuando esta comunicación se realice con una anticipación "de entre dos semanas y siete días con respecto a la hora de salida prevista y se les ofrezca un transporte alternativo que les permita salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista".
Así como cuando se haga "con menos de siete días antes de la hora de salida prevista y se les ofrezca tomar otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista".
El Reglamento Europeo también reconoce otros derechos a los consumidores, como el reembolso del coste íntegro del billete en un plazo de siete días y el traslado al destino final "en condiciones de transporte comparables".
Los pasajeros afectados también tienen derecho, según el artículo 9 del mismo reglamento, a "comida y refrescos suficientes", alojamiento en un hotel si fuera necesario y traslado desde el aeropuerto hasta dicho hotel.
Por otro lado, si la cancelación ha provocado otros perjuicios económicos al consumidor, como la pérdida de conexiones de transporte o alojamientos contratados, éstos pueden ser exigidos a la compañía, aportando los documentos acreditativos.
Consumur pone a disposición de los consumidores y usuarios que se hayan visto afectados o que deseen recibir más información, el Teléfono de Atención al Consumidor y Usuario '968 223082'. También podrán acudir presencialmente a la organización, ubicada en la Calle Princesa, 2, 3º B, de Murcia y a través de la página web 'www.consumur.org'.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios